¿Tenemos derecho a un finiquito si no obtienen la subvención anual?
Abogado Laboral y Seguridad Social Tarragona - CORPORLEX
Abogado de Valls especializado en Derecho del Trabajo
Todos los despidos excepto el disciplinario, por imperativo legal tienen que indemnizar la extinción del contrato independientemente de donde obtenga el dinero el empleador.
El plazo para reclamar el despido es de 20 días hábiles (ampliables a 30 días por conciliación administrativa) y se computan desde el día siguiente de que sea notificado el preaviso o extinción del contrato.
En su caso lo recomendable es revisar previamente el contrato de trabajo que formalizaron en su momento, ya que si tiene irregularidades, la indemnización podría variar sustancialmente (de 12/20 días a 33 por año trabajado).
Recordarle que a efectos preventivos, llegado el momento en el que la empresa le entregue carta de preaviso u hoja de saldo y finiquito, firme "no conforme, fecha y su firma". Ello no implica que la empresa no deba pagarle lo que corresponde, pero de este modo usted asegurará poder impugnar el despido o reclamación de cantidad si procede.
Abogado Herencias Logroño Blasco Abogados
Abogado de Logroño especializado en Derecho Administrativo
Usted tiene derecho al finiquito y si no se lo pagan lo puede reclamar, teniendo para ello el plazo de un año. Como el plazo es amplio intente siempre una reclamación extrajudicial, pero si le torean plantee una reclamación previa sin esperar demasiado, y preferentemente con abogado, llegando hasta donde tenga que llegar.
Estimado cliente: Si usted tiene una relación laboral, tiene derecho a finiquito. En caso de que no se lo pagasen podría iniciar un procedimiento laboral de reclamación de cantidad. Un saludo.