¿Tengo derecho a una prestación?
Abogado Laboral y Seguridad Social Tarragona - CORPORLEX
Abogado de Valls especializado en Derecho del Trabajo
Lo primero que necesita saber para salir de dudas es ver si en el Certificado de la Empresa, consta que el despido se ha realizado por voluntad de la empresa o suya. Si lo han enviado telemáticamente, no lo podrá saber hasta que se lo comuniquen en el SPEE, el día que se persone por haber concertado un cita previamente. Entiendo por lo que ha dicho : "cesa en la prestación de sus servicios por cuenta de la empresa", que han hecho constar que la han despedido, en ese caso si que tendrá derecho a la prestación por desempleo.
Para el calculo de la prestación deberá realizar el calculo con el salario bruto de las 6 últimas nóminas.
Buenas tardes,
Una persona se puede ir con la aja voluntaria y tener finiquito, el finiquito no deja de ser sino la parte de sus retribuciones que están pendiente de cobrar por usted.
La expresión que usted ha leído es una expresión hecha, significa que usted trabaja para la empresa, nada mas.
Si se ha ido con la baja voluntaria, no tiene derecho a paro pero no por ello se tiene que quedar sin finiquito.
Entiendo que se refiere a la carta de finiquito, si quieren que se la selle puede ir a la empresa pero no por ello le van a dar el desempleo.
No olvide valorar la respuesta, gracias.
Un saludo.
Abogado Divorcios Albacete Antonio López-Bleda Precioso
Abogado de Albacete especializado en Derecho de Familia
Buenas tardes:
En principio, si la baja es voluntaria, no tiene derecho a indemnización en el finiquito sino solo al pago de los salarios pendientes (los trabajados y las vacaciones) y parte proporcional de paga extra.
No obstante, sería conveniente estudiar toda la documentación que le han entregado para ver que se puede reclamar.
Si lo desea puede concertar una cita llamándome. Los honorarios de la visita son 50 €, que se descontarían del presupuesto, en caso de demandar a la empresa.
Un cordial saludo.
Abogado divorcios Lugo - Bermúdez & Asociados Abogados
Abogado de Lugo especializado en Derecho Penal Común
Buenos días:
Tendríamos que ver su caso con la documentación firmada o copia, respecto de las bajas voluntarias y cese por el propio trabajador, si se tiene derecho al finiquito pero no a indemnización alguno, no se podría tampoco cobrar prestación alguna por desempleo.
Quedamos a su disposición para mayor consulta y presupuesto.
Abogado Claúsula Suelo Ciudad Real Gonzalo Frías Gómez
Abogado de Ciudad Real especializado en Derecho de Familia
Para comprobar si la baja ha sido voluntaria o por despido lo mejor es que acuda a la S. Social y pida una vida laboral, también le indicaran su base reguladora. Para solicitar el desempleo, en caso de baja por la empresa, puede acudir al SEPECAM y si le falta algún papel solicítalo vía inspección de trabajo.
Abogado Propiedad Horizontal Málaga SEGOLEY
Abogado de Alhaurín el Grande especializado en Derecho Inmobiliario
Buenas tardes.
Difícilmente valdrá dicho documento. Si se ha ido voluntariamente, no podrá cobrar el paro, salvo que la empresa (ilegalmente) simule un despido improcedente o por causas objetivas, que no es el caso.
Un saludo.
Estimado cliente: La persona que se va de una empresa de forma voluntaria tiene derecho a finiquito pero no a indemnización por despido. Al no ser un despido usted tampoco tiene derecho a paro.