Tengo derecho a heredar?

Un primo hermano de mi padre ha fallecido sin dejar testamento, mi padre también falleció antes que el, yo como hija puedo heredar la parte que le correspondería a mi padre si viviese?

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LACAMBRA DESPACHO DE ABOGACÍA SLUP

LACAMBRA DESPACHO DE ABOGACÍA SLUP

Abogado de Madrid especializado en Derecho de Familia

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Buenos días:
En herencias intestadas, heredan los parientes en línea colateral hasta cuarto grado de consanguinidad, más allá no se tiene derecho a heredar.
El Código Civil (Artículo 954) expresamente lo indica: No habiendo cónyuge supérstite, ni hermanos, ni hijos de hermanos, sucederán en la herencia del difunto los demás parientes del mismo en línea colateral hasta el cuarto grado, más allá del cual no se extiende el derecho de heredar abintestato.
Atentamente.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado