¿tengo derecho a la pensión de viudedad o mis hijos a la de orfandad?
Abogado Urbanismo Tenerife - Jesus Villodre Cordero
Abogado de Santa Cruz de Tenerife especializado en Derecho Urbanístico
Las pensiones de viudedad u orfandad son pensiones contributivas y, por tanto, exigen que se hubiera producido un mínimo de periodo cotizado a la seguridad social por el cónyuge/padre fallecido (salvo que fuera muerte laboral). En general, se pide: si estuviera de alta en el momento del fallecimiento, un mínimo de 500 días de cotización en los cinco años previos; si estuviera de baja, 15 años cotizados en toda la vida laboral.
Si no se ha producido ese mínimo, cabe pedir la pensión no contributiva, que se tramita en cada comunidad autónoma. En la valenciana creo que está limitada a dos supuestos: de jubilación y de invalidez.
A falta de lo anterior, le aconsejo acudir a los Servicios Sociales municipales, que pueden tener previstas ayudas de exclusión.
Jesús Villodre
CEAN, SCP Abogados & Consultores
Abogado de Valencia especializado en Reclamaciones de Impagados
Buenas tardes,
Tendría que especificar que edades tienen sus hijos y tendríamos que analizar la documentación presentada por Usted ante la Seguridad Social.
Nos puede encontrar en Calle Garrigues 5, 4º DyE de Valencia.
Saludos cordiales,
Equipo CEAN, SCP
www.cean.eu
ABOGADO DIVORCIO VALENCIA Lola Tormo
Abogado de Valencia especializado en Derecho de Familia
Le pueden ayudar en los servicios sociales de su ayuntamiento.
Saludos.LOLA TORMO-abogados-
VALENCIA
Hola, le recomendaría solicitara información de los Servicios Sociales de su municipio.
Un saludo
Abogado Violencia de Género Valencia MIGUEL VILLAGRAN SOLER
Abogado de Valencia especializado en Violencia de género
Puede solicitar Pensión no contributiva a través de los servicios de su Comunidad Autónoma