¿Tengo derecho a recibir pension alimenticia?
Por el contenido de su pregunta, entendemos que su ex pareja simplemente abona el 20 % de la pensión de alimentos a favor de la hija menor. En este caso, existen dos opciones para reclamar las cantidades impagadas:
1.- A través de la ejecución de la Sentencia de divorcio.
2.- Presentando denuncia por impago de pensión de alimentos.
En ambos casos, el objetivo es conseguir el cobro de las cantidades adeudadas.
De todas formas, para poder prestarle un asesoramiento más personalizado, le invito a que contacte con V Abogados en el 91 308 17 96.
ISIDRO GÓMEZ DOMÍNGUEZ - ABOGADO DIGITAL
Abogado de Bilbao especializado en Responsabilidad Civil
Conforme con la acertada respuesta de Staff Legal, respecto de su pregunta, el momento en que hubiera podido solicitarlo ha pasado y si no lo solicitó entonces, ahora parece obvio que no procedería; se supone que le informaron adecuadamente en el momento de firmar el convenio o reclamar judicialmente, pues debiera haberse puesto de manifiesto el desequilibrio económico que produjo entonces el divorcio para vd. Espero haber sido útil, un cordial saludo.
Abogado Responsabilidad Civil Bilbao STAFF LEGAL
Abogado de Bilbao especializado en Derecho Bancario
No tiene derecho a percibir pensión alimenticia, si ya esta divorciada. Podría haber solicitado una pensión compensatoria, que le habrán concedido o no, en función d ellas circunstancias. pero si ya firmó una Convenio Regulador, debía de haberse determinado el derecho y su importe en el Convenio. A posteriori una vez dictada sentencia de divorcio aprobando el Convenio regulador, no puede reclamarla