Tengo un inquilino al que he enviado un burofax para que deshaloje.

Buenos días,

Desde el 15.09.13 tengo alquilada mi casa a un inquilino. En principio un contrato standard de 3 años a renovar anualmente, que incluye una cláusula especificando que si la necesitara para vivienda propia al finalizar el primer año de alquiler y con previo aviso de 3 meses, tengo derecho a que me la devuelvan.

Necesito la casa para volver a vivir ahí con mis hijos (es nuestra vivienda familiar) así que le he enviado a través de un abogado un burofax pidiéndole que al cumplir el año no le renuevo el contrato.

Hoy le he llamado para acordar la fecha de entrega de llaves y me dice que no tiene nada que hablar conmigo. El inquilino me lo presentó una agencia inmobiliaria. ¿Qué hago?

Necesito desesperadamente la casa para vivir ahí con mis hijos. No tengo otro sitio.

Gracias y un saludo.

Respuestas de otros profesionales:
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Abogado Comunidad de Propietarios Valencia - Emilia I. Picazo Moll
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Está Usted en su derecho de reclamar la vivienda, si bien lo cierto es que, si el inquilino no llega a un acuerdo, no podría interponer el desahucio hasta que no llegase el momento de la renovación, en el que se habría cumplido el primer año de alquiler.

Ante la actitud del inquilino, no le quedará más remedio que acudir en su momento a la demanda de desahucio.

No obstante, sí es interesante que insista en la reclamación extrajudicial, de forma que se facilite la vía amistosa, ya que de lo contrario será difícil que pueda recuperar la vivienda en la fecha que usted desea. Para el inquilino también supondrá más gastos si no accede voluntariamente, por las costas del procedimiento, por lo que a ambas partes interesa la solución negociada.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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León Bendayán

León Bendayán

Abogado de Sevilla especializado en Derecho Inmobiliario

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Hay un pequeño matiz que creo que debe tener en cuenta: segun el art. 9.3 LAU: "No procederá la prórroga obligatoria del contrato si, una vez transcurrido el primer año de duración del mismo, el arrendador comunica al arrendatario que tiene necesidad de la vivienda arrendada para destinarla a vivienda permanente para sí o sus familiares [...]".

Dese cuenta de que según la LAU el requerimiento tiene que efectuarse después de transcurrido el primer año. Por lo tanto el requerimiento que ha hecho Ud. no es válido. Tendrá que esperar a que llegue el próximo 1 de septiembre para volver a remitir el burofax requiriendo el piso para Ud. y luego esperar dos meses. Si en ese plazo no se va el inquilino entonces podrá interponer la demanda de desahucio, pero no antes.

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ABOGADO SEPARACION VALENCIA VERONICA GARCÍA TORRES
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Buenos días,

A falta de ver el contrato, lo único que puede hacer es efectuar un requerimiento a través de un abogado a ver si así evita tener que ir a juicio.
En ocasiones al ver que el dueño se está planteando la vía judicial el inquilino opta por una solución amistosa.
Sino únicamente le queda interponer una demanda de desahucio por incumplimiento del contrato. En esa reclamación seguramente le impondrán las costas al inquilino. Si necesita urgentemente la vivienda no le daría mucho tiempo ya que los juzgados no son muy rápidos. Sería interesante saber si el arrendamiento es en la capital o en un pueblo, para ver qué juzgado sería el competente.

En cualquier caso, quedamos a su disposición en Valencia. Saludos.

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Bufete Amorós, S.L.P.

Bufete Amorós, S.L.P.

Abogado de Valencia especializado en Derecho Fiscal

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En cualquier caso, para informarle con precisión necesitaríamos examinar el contrato suscrito, y en qué terminos específicos se regula el preaviso para resolver el contrato, en su caso. Asimismo, hay que tener en cuenta que, en su caso,resulta plenamente aplicable lo que prevé el articulo 9 de la Ley de Arrendamientos Urbanos, tras las últimas reformas operadas. No obstante, en caso de que el inquilino no acceda voluntariamente a desolojar la vivienda, deberá demandarlo y solicitar el deshaucio.

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MataAbogadosValencia

Abogado de Valencia especializado en Derecho de Familia

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Buenos días,
si como dices ya has enviado el burofax entiendo que lo único que te queda es la via judicial que es la más rápida y efectiva; deberías acreditar que de verdad necesitas la vivienda para vivir con tu familia ya que el arrendatario necesita una estabilidad y no puede estar a expensas de la voluntad del dueño. Si quieres comentarlo personalmente no dudes en efectuar la consulta pertinente.
Un saludo

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Abogado Mercantil Valencia Bufete Jesús León
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Si está asesorado debía preguntar a su abogado. Si no es así podemos atenderle, pero de no haber acuerdo, lógicamente sólo le quedará instar el desahucio, previo estudio de su contrato y de las posibilidades de prosperar su reclamación.

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Abogado Violencia de Género Valencia MIGUEL VILLAGRAN SOLER
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Tras el oportuno envio del burofax y dad la contestación del inquilino, la única salida es la de presentar la demanda de desahucio por incumplimiento de contrato.

Saludos

Miguel Villagrán Soler
Abogado

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Abogado de Familia Burgos - Carlos Javier Gil Sevilla
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Buenos días,

Si el arrendatario en contra de lo estipulado en el contrato de arrendamiento se niega a desalojar la vivienda, lo más correcto sería interponer una demanda de desahucio

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ABOGADO DIVORCIO VALENCIA Lola Tormo

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Abogado de Valencia especializado en Derecho de Familia

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La unica solucion es demandar judicialmente.

Estamos a su disposicion en valencia

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