Tiempo de cancelación de antecedentes penales
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Abogado Castellón - JULIO PLANELL FALCO
Abogado de Castelló de la Plana especializado en Derecho Urbanístico
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Contestado
Este caso se regula en el articulo 136 del Código Penal. Los condenados que hayan extinguido su responabilidad penal tienen derecho a obtener del Ministerio de Justicia, de oficio o a instancia de parte, la cancelación de sus antecedentes penales, previo informe del juez o tribunal sentenciador. Para el reconocimiento de este derecho serán requisitos indispensables tener satisfechas las responsabilidades diviles provenientes de la infracción, y haber transcurrido sin delinquier de nuevo el culpable dos años, para las penas que no exedan de doce meses, cual es el caso.
Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor
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