Tramites de nacionalidad
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Abogado Castellón - JULIO PLANELL FALCO
Abogado de Castelló de la Plana especializado en Derecho Urbanístico
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Contestado
Interpretando el articulo 24.1 del Código Civil, a sensu contrario, aunque adquiera la nacionalidad española, no pierde la nacionalidad cubana.
Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor
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