USO DE LA VIVIENDA CONYUGAL
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Contestado
En principio, entiendo que no es motivo suficiente para la extinción del uso de la vivienda, ya que entiendo que ella tiene atribuído el uso por razón de que es ella quien tiene la custodia de los mismos, motivo que ocasiona el uso y disfrute de la vivienda.
Para cualquier duda contáctenos en el 944232400 o en el 619236927 en la persona de Ane Miren Magro.
Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor
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