¿El usufructo viudal afecta a todos los inmuebles o solo al domicilio conyugal?
Martín Urrea Abogados
Abogado de Madrid especializado en Contencioso Administrativo
Tendría que conocer su caso con más detalle, pero si puedo indicarle que según la LGT el derecho de la Administración para exigir el pago de las deudas tributarias liquidadas así como para determinar la deuda tributaria mediante liquidación prescribe a los 4 años. El computo del plazo comienza desde que finaliza el plazo para presentar la liquidación del impuesto, es decir 6 meses en el caso de sucesiones. Respecto al ámbito del usufructo, si el testamento contiene la conocida como cautela socini (el conocido como del uno para el otro) se trataría de un usufructo universal, sobre todos los bienes. Si el testamento no es válido, al cónyuge viudo le corresponde el usufructo de un tercio de la herencia (concurre con hijos). Este usufructo puede satisfacerse mediante abono de una cantidad.