un vecino no acata lo firmado en acta

Por unanimidad de todos los propietarios del inmueble se firmó un acta en el año 2003 dónde se otorgaba el uso y disfrute de las terrazas a los inquilinos que tienen acceso a las terrazas, pero a su vez ellos se hacían cargo del mantenimiento y también de los futuros desperfectos de las mismas. En una filtración se ha producido un daño al local situado debajo del edificio. El seguro de la comunidad nos informa que no teníamos incluida la póliza de "filtraciones" y no se hace cargo, el seguro individual del vecino en cuestión dice que la terraza no es de su propiedad. En este punto él se niega a pagar y dice que según la ley ahora es responsabilidad de la comunidad y que lo firmado en su día no tiene validez. Hay alguna forma de que ese vecino siga respetando lo firmado? Muchas gracias.

Respuestas de otros profesionales:
Basic
FONSECA HERRERO ASOCIADOS

FONSECA HERRERO ASOCIADOS

Abogado de León especializado en Reclamaciones de Impagados

VER PERFIL
Contestado

Buenas tardes, tal como me comentas existen dos tipos de daños/reparaciones generalmente

A) Las reparaciones o gastos derivados de un normal uso y disfrute de la terraza privativa, como la reposición de los baldosines rotos, enfoscado y enlucido, etc., se reputan ordinarios y, dado que la conservación y mantenimiento corresponde al titular beneficiario, son gastos privativos.
B) Los gastos derivados de defectos en elementos estructurales del inmueble, como el cambio o arreglo de la impermeabilización o tela asfáltica cuando se produce filtraciones y, en general, aquellos que sean consecuencia de obra gruesa, son extraordinarios, pues exceden del normal uso y de la obligación genérica de conservación ordinario, por lo que serán gastos comunitarios o generales del inmueble,

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
Basic
Abogado Divorcio / Impagados Leon - BEATRIZ RUIZ
Contestado

Sin entrar en si se ha analizado por un experto el tipo de filtración que provoca la avería, la doctrina y la jurisprudencia han entendido que los propietarios de los elementos privativos que tiene cedido el uso exclusivo de elementos comunes deben de pagar los gastos ordinarios de conservación y de mantenimiento, pero no los gastos extraordinarios, entre los que se incluyen los estructurales (ejemplo: el deterioro de la tela asfáltica de la terraza).
Le recomiendo que revise con un perito que tipo de filtración ha provocado los daños, y contacten con un abogado.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado