Venta de mobiliario en la compraventa de un inmueble

Abogado Herencias Logroño Blasco Abogados
Abogado de Logroño especializado en Derecho Administrativo
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Si no se ha dicho nada en el contrato de arras, el futuro vendedor puede llevarse todo lo que pueda retirar si causar ningún daño o menoscabo a la vivienda, por lo que si tienen constancia de lo que comentan, lo recomendable es que hablen o requieran de inmediato a la otra parte, de forma fehaciente (burofax), para que se abstenga de retirar los elementos que comentan con la advertencia además de que, en otro caso, resolverán el contrato de arras y no compraran o exigirán el cumplimiento, con la reclamación en ambos casos de los daños que puedan acreditar. Por lo que respecta a la Inmobiliaria, lo normal es que sea un mero mediador, por lo que no tiene ninguna responsabilidad por lo que cuentan, sin perjuicio de que puedan tratar de mediar entre las partes. Si desean que veamos el contrato de arras y ampliarnos la información de su caso para que la podamos valorar con mayor precisión, pueden contactar con nosotros, en cuyo caso les diremos antes cuánto cuesta nuestra intervención.

Abogado Inmobiliario contrato de arras Mallorca deSalvador Real Estate Lawyers
Abogado de Palma de Mallorca especializado en Derecho de la Vivienda
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Si el mobiliario no se incluyó expresamente en el contrato de compraventa, se entiende que compras el continente, no el contenido, por lo que el vendedor podría disponer libremente de los mismos.
La única limitación que le vería sería el provocar daños adicionales a la vivienda, en caso de que fueras cosas que no pudieran retirarse sin causar menoscabo al inmueble. (por ejemplo, la taza un inodoro).
Un saludo,

Abogado de Familia Mostoles Eduardo Llarena Jarabo
Abogado de Móstoles especializado en Derecho de la Vivienda
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Los sanitarios han de venderlos con la vivienda, y pueden reclamar por vicios ocultos. Les aconsejo que remitan una carta requiriendo para que entreguen la vivienda con sanitarios, lavabos, fregadero, campana (si la tenía), con la advertencia de tomar acciones legales. Pudiera causar más efecto si va con la firma de abogado.
Un saludo

Si en el contrato de arras no se especifica que la casa se vende con muebles, el vendedor puede vender los sanitarios del cuarto de baño aparte. Cosa distinta es que haya desperfectos en paredes y el suelo que puedan suponer una rebaja del precio. Sería conveniente sacar fotos del estado actual de la vivienda para poder compararla con el de entrega.