Testamentos y herencias. Certificado de seguro de cobertura de fallecimiento

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María Puente Mingo

¿QUÉ ES EL CERTIFICADO DE SEGURO DE COBERTURA DE FALLECIMIENTO?

Este certificado es un documento que se debe solicitar cuando fallece una persona con objeto de proceder a tramitar la escritura de herencia. El mismo acredita si el causante había contratado un seguro de vida con cobertura de fallecimiento o un seguro de accidentes con dicha cobertura. Si no ha contratado ningún seguro de este tipo, también se expide el certificado en el que constará que no hay seguro contratado.

Este certificado se puede pedir por vía digital, presencial o por correo postal.

Es necesario presentar el certificado literal de defunción, cumplimentar el modelo 790 y abonar la tasa correspondiente que asciende a 3,70€, que hayan pasado más de 15 días desde la defunción pero no más de 5 años (que es el tiempo en el que se conservan los datos en el Registro de Contratos de Seguro de Cobertura de Fallecimiento). 

El certificado de contratos de seguros de cobertura de fallecimiento es el documento que acredita los contratos vigentes en que figuraba como asegurada la persona fallecida y con qué entidad aseguradora. En caso de que la persona fallecida no figurase como asegurada en ningún contrato, tal extremo se hará constar expresamente en el certificado que se emita.

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