Demora convocatoria junta general ordinaria.

Buenas tardes, la cuestión es la siguiente: una vez finalizado el ejercicio quisiera saber si el presidente o el vicepresidente de la comunidad o el resto de órganos directivos están obligados a cumplir plazos para la convocatoria de Junta General Ordinaria.
Es una comunidad con cientos de propietarios y resulta costoso la recogida de firmas para tal fin.
Muchas gracias,

Respuestas de otros profesionales:
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Abogado a Comisión en Madrid Blanco Segarra Abogados
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Sobre plazos de convocatoria debe venir en los Estatutos de la Comunidad. En cualquier caso la norma general es que se celebre una Junta anual.

Saludos

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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Abogado recobro de impagados en Alcobendas - Maria Carmelita Garcia Diaz
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Buenas tardes; La convocatoria ordinaria es anual conforme a la Ley de Propiedad Horizontal, donde se aprueban las cuentas y renuevan cargos.

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