Impago de salarios

La empresa me debe 6 meses de salario, me doy de baja por enfermedad y solicito a la mutua el pago directo desde entonces hace 5 meses estoy cobrando el 75%.La empresa sigue sin pagarme, me dice que no tiene dinero.Voy a demandarla solicitando lo que me corresponde y pidiendo la extinción de contrato.La preocupación que tengo es tener que ir a trabajar si me llegan a dar el alta durante el proceso.Si la empresa no se presenta al acto de conciliación o llega a admitir que no me va a pagar¿tendría que ir a trabajar en esta situación hasta el siguiente juicio?

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Una vez que se produzca el alta médica el trabajador está obligado a incorporarse a su puesto de trabajo; en caso contrario, supondría un cese voluntario sin derecho a indemnización. Por tanto, independientemente de que hayas interpuesto demanda solicitando la extinción voluntaria del contrato de trabajo en virtud del art. 50 del Estatuto de los trabajadores (por falta de pago continuado de los salarios devengados), deberás incorporarte a tu puesto cuando la mutua te dé el alta. SALUDOS.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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ABOGADO SANTIAGO DE COMPOSTELA OULEGO ABOGADOS
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Buenas tardes:

En relación a su consulta manifestarle que no puede usted dejar de ir a trabajar sin más aun en el caso que comenta. Debe esperar a que exista una resolución judicial que reconozca la resolución del contrato.

De lo contrario puede entenderse que existe una baja voluntaria o un abandono del puesto de empleo lo que conlleva la pérdida del puesto de trabajo sin derecho a indemnización ni cobro de la prestación por desempleo.

Un cordial saludo.

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ALONSO Y PONS, Abogados

ALONSO Y PONS, Abogados

Abogado de Valencia especializado en Derecho Comunitario

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Estimado consultante, para el caso de que la empresa comparezca en el acto de conciliación, pero este se declare intentado sin efecto, tendrá que plantear demanda ante el juzgado de lo social y en el interin cumplir todas las obligaciones derivadas de su contrato de trabajo. A su disposición

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