Obtencion de la emancipacion
ABOGADO LABORAL MURCIA - GADE Abogados
Abogado de Murcia especializado en Derecho del Trabajo
Buenos Días, la emancipación la puedes conseguir por estas vías:
1. Que tus padres te la concedan, situación que dudo por lo que comenta en su pregunta. En estos casos, es necesario que el menor haya cumplido los 16 años de edad y que esté conforme con que le sea concedida la emancipación. Se otorga mediante Escritura Pública ante Notario y debe ser inscrita en el Registro Civil. Una vez concedida, la emancipación no puede ser revocada. Se considera que el hijo está emancipado cuando siendo mayor de 16 años y con consentimiento de sus padres, vive de forma independiente. En los casos en los que el menor está sujeto a tutela alcanza la emancipación por la concesión judicial del “beneficio de la mayor edad”.
2.- Por matrimonio.
3-. Por concesión judicial: Un juez puede conceder la emancipación cuando lo solicite el menor que ya cuente con más de 16 años de edad, en los siguientes casos:
Quien ejerce la patria potestad se ha casado otra vez o convive de hecho con otra persona.
Cuando los padres vivan separados.
Cuando concurra alguna causa que entorpezca gravemente el ejercicio de la patria potestad.