Reclamación de deudas.
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Hola, nos facilita pocos datos para darle una respuesta concreta, pero por lo que comenta, y si no se ha cumplido lo pactado, así como el notario os ha advertido que interpusierais denuncia, sí puede iniciar procedimiento para intentar cobrar, aunque si es insolvente y no tiene bienes de su propiedad, poco podrá cobrar, salvo que cambie su situación económica.
Un saludo.
Roberto Gonzalo
Gonzalo & González Abogados
Gestiones Gonzalo
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ABOGADO BANCARIO CIUDAD REAL Antonio J. Almarza
Abogado de Valdepeñas especializado en Arbitraje
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Con la información que aporta lo desconozco pero si el notario hizo esa observación a ella me atengo.
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