Reclamación de telefonía.
Abogado Herencias Logroño Blasco Abogados
Abogado de Logroño especializado en Derecho Administrativo
Es totalmente improbable que le reclamen judicialmente una deuda de 60 €; pero otra cosa es que eso puede dar lugar a que le incluyan, incluso indebidamente, en un fichero de morosos y le pueda traer problemas en un futuro. Si considera y puede probar que no tiene que pagar los 12 € de diferencia, plantee una reclamación en Consumo aportando toda la documentación que tiene, si bien el tiempo que todo eso le llevará supera con creces los 12 €, algo que tiene que valorar antes de hacer nada, ya que tal vez le compense pagar directamente lo que dicen que debe y dejar solucionado el problema. Eso sí, conserve junto con la factura el justificante de pago si finalmente resuelve el asunto pagando.
Buenas tardes,
Para el caso que nos expone, le recomendamos seguir los siguientes pasos:
1º.- Debe ponerse en contacto con el servicio de atención al cliente de la compañía telefónica para intentar llegar a un acuerdo amistoso vía email (ver web de la compañía y rellenar queja en el apartado correspondiente) o vía correos (en este caso el coste del burofax es bastante elevado en comparación con la deuda reclamada).
2º.- En caso de no llegar a ningún acuerdo, debe dirigirse a la OMIC del Ayuntamiento de Logroño, solicitando cita previa por teléfono.
Para más información no dude en ponerse en contacto con nosotros.
Med3C Asociados
Por esa cantidad, dudo que la compañía telefónica vaya a instar un procedimiento de reclamación. No obstante a esto, le aconsejo que por escrito, le comunique a la compañía estos extremos. Que no se niega a pagar la deuda, pero que exige que la regulen conforme al error que deben subsanar. Para mas información, póngase en contacto con nosotros. Pablogado Servicios Jurídicos.
Abogado Castellón - JULIO PLANELL FALCO
Abogado de Castelló de la Plana especializado en Derecho Urbanístico
Lo que usted plantea es un tema típico de consumo, le sugiero que presenta la reclamación a través de la Oficina Municipal de Información al Consumidor de su Ayuntamiento. El asunto es encajable perfectamente en una demanda arbitral, que además es gratuita, y cuyo laudo tiene los mismos efectos que una sentencia civil.