Puede vender, tal como le han indicado.
Los honorarios de los abogados no están establecidos, sin bien en algunos casos estos se rigen por el baremo orientador de su colegio de abogados.
Puede solicitar una modificación de las medidas por haber cambiado su situación económica y/o estar estar descompensada con respecto a la cuantía de la pensión que debe pagar.
A su disposición.
Tal como le han comentado, es incluso más habitual que se escriture por menos que por más del valor de la venta pero mi consejo es que escriture por el precio por el que venda el inmueble, es decir...