6 aspectos que se tienen en cuenta para la custodia compartida

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En este artículo se exponen seis parámetros que se analizan en cualquier procedimiento de divorcio en el que se solicita la custodia compartida.

6 ASPECTOS QUE SE TIENEN EN CUENTA PARA LA CUSTODIA COMPARTIDA

Qué duda cabe que la custodia compartida de los hijos menores de edad (o incapacitados judicialmente), se ha convertido últimamente en un tema recurrente en los juzgados de familia.  Podemos decir que desde el año 2.013 se han disparado las peticiones de este tipo de custodia en los juzgados de familia de España. 

No es cuestión de aburrir con estadísticas ni porcentajes, baste con decir que desde ese año, la custodia compartida está cada vez más admitida y normalizada, hasta el punto de que se tiene como el sistema más beneficioso para los hijos y el que se debe adoptar de forma preferente, sin embargo, conviene aclarar en qué consiste y qué es lo que se tiene en cuenta para adoptarla.

Con la custodia compartida lo que se pretende es que los hijos vean respetado su derecho a relacionarse con su padre y con su madre en condiciones de igualdad porque eso conlleva que no perderán la referencia de ninguno de ellos.

Este es el deseo, ahora la realidad.  La realidad es que no en todos los casos se puede otorgar la custodia compartida.  Ya sabemos que cada matrimonio, cada familia, es un mundo, que cada padre y cada madre tiene su realidad personal, laboral, económica… que pueden hacer inviable este tipo de custodia.  Siendo esto así, a la hora de pedir la custodia compartida ¿qué es lo que se analiza?

Podemos decir que en general se suele considerar lo siguiente:

  • 1º.-  Cuál era la aptitud de los padres con el hijo o hijos durante la convivencia conyugal, es decir, aquí de lo que se trata es de saber si ambos padres están en condiciones personales para asumir la custodia de sus hijos.  Por ejemplo, si un progenitor tiene mala salud, costumbres extrañas o directamente perjudiciales o cualquier otra circunstancia personal que pudiera perjudicar al hijo, lo normal es que no pueda asumir la custodia ni exclusiva ni compartida.
  • 2º.-  Los deseos manifestados por los hijos que tengan suficiente juicio.  Esto vale por regla general para los hijos mayores de 12 años.  Se les pregunta por parte del juez y del equipo psicosocial del juzgado, sobre sus preferencias a la hora de vivir bien con uno solo de ellos o bien con ambos alternativamente.  El deseo de los hijos no es determinante pero sí muy importante a la hora de determinar su custodia.
  • 3º.-  El número de hijos.  Hay que pensar que no es lo mismo decidir la custodia compartida de uno o dos hijos que de tres o más ya que cada uno tendrá sus peculiaridades y necesidades. A ello hay que añadir la regla general de no separar a los hermanos.
  • 4º.-  El cumplimiento por parte de los progenitores de sus deberes en relación con los hijos.  Lo que se examina en este caso es la relación de los padres con sus hijos, cómo es (buena, mala), si se implican por igual en sus ratos de ocio, en las tareas escolares, etc.
  • 5º.-  El respeto mutuo en sus relaciones personales.  Que para que la custodia compartida funcione bien es necesario que los padres se respeten mutuamente parece algo lógico.  Sin embargo eso no está reñido con que puedan tener y manifestar sus diferencias, siempre que estas se muevan dentro de los límites de lo admisible y del respeto mutuo.
  • 6º.-  El resultado de los informes exigidos legalmente.  Fundamental lo que el equipo psicosocial del juzgado pueda informar acerca de la conveniencia o no de la custodia compartida.  Estos informes lo que hacen es indicar si este sistema de custodia va a beneficiar a los hijos o no y porqué.  La opinión del psicólogo va a tener un peso muy importante a la hora de decidir el tipo de custodia.

Además de estos aspectos, se puede y debe analizar cualquier otra cuestión relevante que permita a los hijos una vida adecuada, teniendo en cuenta que para ellos va a ser siempre más difícil el tener esa vida adecuada estando sus padres separados o divorciados, que cuando vivían juntos.

Estos son los aspectos que el juez toma en consideración a la hora de adoptar la custodia compartida, partiendo de la idea de que es el sistema que en principio resulta más beneficioso para los hijos, pero siempre analizando caso por caso. 

 

  

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