Accion de tutela

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Lexdir

La tutela es un mecanismo de protección consagrado en el artículo 86 de la constitución política de 1991 su fin primordial es la protección de los derechos fundamentales cuando estos resultan quebrantados o amenazados. Este mecanismo constitucional sólo podrá ser utilizado cuando no se disponga de otro medio de defensa con el fin de evitar un perjuicio irremediable. No podrá transcurrir más de diez (10) días entre la solicitud y la resolución, el fallo será de obligatorio e inmediato cumplimiento.

Para su presentación no se necesita de la representación de un abogado y se presentará ante los jueces o tribunales con jurisdicción en el lugar donde se presentó la violación o la amenaza que originan la presentación de la solicitud.

Su contenido y presentación deberá contener:

  1. Ciudad y fecha

  2. Identificación de la parte y de los derechos vulnerados

  3. Hechos (describir los hechos por los cuales se están vulnerando sus derechos fundamentales)

*De forma clara se Indicará el nombre  de la contraparte (entidad, funcionario, órgano o persona causante de la violación de su derecho)

  1. Pretensiones (cuál es su solicitud)

  2. Pruebas

  3. Fundamentos de derecho (descripción de los derechos que se encuentran amenazados)

  4. Juramento (bajo la gravedad de juramento se manifiesta que no se ha presentado tutela sobre los mismo hechos)

  5. Anexos (documento adjunto)

  6. Notificación