Adaptación a la Protección de Datos de carácter Personal

Guía publicada por:
Basic
ALONSO ABOGADOS

ALONSO ABOGADOS

Abogado de Vigo especializado en Derecho de Familia

NORMATIVA BÁSICA APLICABLE: Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre de Protección de Datos de Carácter Personal (LOPD), RD 1720/2007, de 21 de dicimebre por el que se aprueba el Reglamento de Desarrollo de la LOPD (RLOPD), Art. 18.4 CE.

OBJETO: Garantizar y proteger, en lo que concierne al tratamiento de los datos personales, las libertades públicas y los derechos fundamentales de las personas físicas, y especialmente su honor e intimidad personal y familiar.

Control que a cada uno de nosotros nos corresponde sobre la información que nos concierne personalmente para preservar el libre desarrollo de nuestra personalidad.

ÁMBITO DE APLICACIÓN: A todos los datos de carácter personal registrados en soporte físico que los haga susceptibles de tratamiento, y a toda modalidad de uso posterior de esos datos por los sectores público y privado. No es aplicable a datos referidos a personas jurídicas, personas fallecidas, empresarios individuales en calidad de comerciantes, industriales o navieros, etc.

OBLIGACIONES Y PRINCIPIOS:

1.- NOTIFICACIÓN DE LOS FICHEROS A LA AGENCIA ESPAÑOLA DE PROTECCIÓN DE DATOS.

2.- PRINCIPIO DE CALIDAD DE LOS DATOS RECOGIDOS.

3.- INFORMACIÓN EN LA RECOGIDA DE DATOS.

4.- CONSENTIMIENTO DEL AFECTADO PARA EL TRATAMIENTO Y LA CESIÓN DE SUS DATOS.

5.- DEBER DE SECRETO.

6.- ACCESO POR CUENTA DE TERCEROS.

7.- SEGURIDAD DE LOS DATOS.

8.- EJERCICIO DE DERECHOS: ACCESO, RECTIFICACIÓN, CANCELACIÓN, OPOSICIÓN, INFORMACIÓN, INDEMNIZACIÓN, CONSULTA.

La no adaptación a la LOPD implica INFRACCIONES Y SANCIONES clasificadas en: Leves, Graves y Muy Graves.

 

Pedir más información sin compromiso