Reclamación de sobrecostes por la adquisición de camiones y de vehículos de gran tonelaje

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ABOGADOS MAJANO

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Abogado de Toledo especializado en Derecho de Familia

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La Comisión Europea ha impuesto una multa a los grandes fabricantes de camiones pesados y de tonelaje medio por pactar los precios de los vehículos, retrasar la introducción de la tecnología necesaria para el cumplimiento de la normativa comunitaria en materia de emisiones contaminantes y repercutir en los clientes los costes de implantar en los camiones los sistemas para controlar estas emisiones contaminantes.

 

            ¿Quiénes pueden reclamar?

         Aquellos particulares y empresas que hayan adquirido un camión de tonelaje medio (entre 6 y 16 toneladas) y pesados (más de 16 toneladas) entre el año 1997 y 2011 a través de un contrato de compraventa o un contrato de leasing o de renting de las marcas  MAN, VOLVO/RENAULT, DAIMLER, IVECO, DAF y  SCANIA.

            También pueden reclamar aquellos perjudicados que hayan vendido el vehículo con posterioridad.

            Por el contrario, no podrán reclamar los compradores de camiones de segunda mano.

 

            ¿Qué es lo que se puede reclamar?

         Los perjudicados por el cártel de empresas tienen derecho a reclamar una indemnización por daños y perjuicios por el sobrecoste en el precio de fabricación del camión adquirido, así como el coste derivado de la implantación de los sistemas de retención de emisiones contaminantes.

 

            Trámites extrajudiciales y judiciales.

         Previamente a toda demanda judicial, será necesario efectuar una reclamación extrajudicial previa contra el fabricante en concreto. En caso de no llegar a un acuerdo satisfactorio con éste, se presentará la correspondiente demanda judicial que irá acompañada de un informe pericial individual para cada caso y vehículo en particular, a fin de conocer el sobrecoste en el precio de fabricación y qué cantidad se ha visto el perjudicado obligado a soportar a la hora de implantar los sistemas de control de emisión de gases.

 

            ¿Qué documentos son necesarios para poder reclamar?

  • Factura de adquisición en caso de compraventa o de contrato de leasing o de renting; o en su caso, el documento donde aparezca el importe abonado y en la que figure su año y el precio de adquisición; o el documento acreditativo de la financiación destinada a la adquisición, si existió (por ejemplo, préstamo o línea de crédito).
  • Ficha técnica del vehículo y/o permiso de circulación, y/o tarjeta de transporte.
  • Justificantes de haber dado de baja el vehículo, en su caso, y/o contrato de venta del camión, así como justificante del precio de venta percibido, para el caso de que se haya vendido el vehículo antes de la reclamación.

 

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