Derechos de un trabajador víctima de un accidente de trabajo

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Son muchos los derechos que tiene un trabajador cuando es víctima de un accidente laboral por omisión de medidas de seguridad. A continuación ofrezco un breve resumen de estos derechos, pero recuerde que no sustituyen al consejo de un letrado experto, porque cada caso es siempre especial y diferente.

1.- El primero de todos a recibir asistencia medica y rehabilitadora de su Mutua Patronal.

2.- Baja laboral mientras dure el tratamiento medico y persista la incapacidad laboral transitoria, hasta un plazo maximo de 12 meses ampliable otros 6 meses mas.

3.- Al terminar la baja laboral si existe una incapacidad permanente debera pasar Tribunal Medico (EVI) que debe determinar si ha quedado una invalidez para su trabajo. Si la invalidez es permanente parcial podra percibir 24 mensualidades de salario libres de impuestos y se reincorpora a su trabajo.

Si la Invalidez es Total recibira una pension vitalicia revisable cada dos años de un 55% de su base reguladora y cuando cumpla 55 años, si no tiene otro trabajo, se incrementa en un 20% mas. En este caso se extingue la relacion laboral con su empresa, que no esta obligada a indemnizarle por despido aunque tal vez si por Responsabilidad Civil Patronal.

Si la Invalidez es absoluta podra percibir el 100% de pensión, tomando la base reguladora como cálculo. También se extingue la relacion laboral y la pensión esta libre de IRPF.

Si su situación es de Gran Invalido percibira una pension del 100% de su base reguladora mas un 50% mas por Gran Invalidez. Tambien se extingue la relacion laboral y la pension esta libre de impuestos. Los Grandes Invalidos tienen derecho a pedir a su Mutua Patronal una subvencion a fondo perdido para adaptar su vivienda, así como a que se le de material ortopedico durante toda su vida (silla de ruedas, cojines anti escaras etc...)

La Dirección Provincial de Trabajo es el órgano que resuelve su situación de Invalidez y si no esta conforme con el grado de Invalidez que le dan puede recurirla. No deje de consultar cuando reciba la resolucion de Invalidez, porque no es infrecuente que le den un grado de invalidez que no sea acorde con el real y eso va a tener repercusion en sus ingresos durante toda su vida.

4.- Si existe infracción de medidas de seguridad por parte de la empresa, la autoridad laboral podra sancionar a la empresa y establecer un recargo de prestaciones hasta un maximo del 50%. Recargo de prestaciones significa que de lo que cobre durante el periodo de baja, su empresa le tendrá que incrementar la prestación en lo que fije el recargo. Ejemplo: si recibe 1000€ de prestación por baja el recargo sería 500€ al mes y se lo tendrían que pagar durante todo el tiempo que dure la baja. En el supuesto que le den alguna invalidez, tambien se aplica el recargo que lo debera pagar la empresa depositando el Capital Coste el la Tesoreria del INSS para que Vd lo cobre a la vez que va cobrando su pensión. Si le queda una pension de 1000€ mensuales y se impone un recargo del 50%, el recargo sería de 500€ al mes durante toda su vida.

5.- Si existe infracción de medidas de seguridad, el empresario esta obligado a indemnizarle por las lesiones y daños que le cause. Para ello lo mas recomendable es acudir a la via penal. En esa vía se aclararán los hechos y la empresa aportará las polizas de seguro que tenga de cobertura de responsabilidad civil patronal y Vd podra reclamar su capital. Si la indemnizacion que le corresponda es mayor que lo que cubren los seguros, la diferencia lo tendra que pagar la empresa con su propio patrimonio. Tambien podría acudir a la via laboral a reclamar la responsabilidad civil por sus daños y perjuicios, pero el Juez laboral a la hora de fijar su indemnización descontará el capital coste de la pension que le haya quedado y las pretaciones por ILT. La ventaja que tiene la jurisdiccion laboral es que es mas rápida que la penal, que por desgracia en España es desesperadamente lenta.

6.- En algunos convenios colectivos, por ejemplo en la construcción, en la metalurgia y en muchos otros, se establece la obligacion de asegurar a los trabajadores por invalidez o muerte en accidente. Podra reclamar el capital del seguro de convenio.

En cualquier caso, si tiene la desgracia de sufrir un accidente de trabajo y es grave debe hacer una declaración (puede ser por escrito) ante la Inspeccción de Trabajo, para que se conozca su versión de los hechos, porque no es infrecuente que el empresario pueda alterarla.

Es muy recomendable que contrate a un abogado experto que le dirija su reclamación,  porque muchas de los derechos que le he enumerado en ésta guía  estan sujetos a prescripción y si deja pasar el tiempo perdería la posibilidad de reclamarlos.

 

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