Dudas que surgen en comunidad de propietarios(i)

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Las  preguntas frecuentes o que más se repiten cuando asesoramos a una comunidad de vecinos

1-¿Qué cubre el seguro de la finca?

Existen  principalmente dos tipos de seguros el primero que nombramos es el obligatorio que cubre:

  • Responsabilidad civil
  • Incendio
  • Actos Vandálicos

Posteriormente tenemos otro seguro que sería el multiriesgo  que incluso cubre el daño provocado por fuga de agua de tuberías, dato importante es que si la avería se encuentra en tuberías que dan servicio a la vivienda, el seguro comunitario no se hace responsable.

 

2-Funciones del portero o conserje:

Comenzamos por diferenciarlos, el portero tiene vivienda o  habitación en la finca mientras que el conserje no, respecto a sus funciones principales serían vigilancia y limpieza, no obstante se podrán pactar  y es altamente recomendable otras condiciones, aparte de horario de trabajo.

 

3-Existe un saldo positivo en la cuenta de la comunidad, porque no se utiliza todo para la próxima obra.

 

Normalmente el saldo disponible en cuenta corriente, deberá ser un superávit solamente al final del ejercicio, mientras que durante el periodo es y será útil para afrontar las obligaciones de pago ya contraídas con anterioridad en base al presupuesto aceptado en Junta de Propietarios. La recomendación es no mezclar, los gastos extraordinarios podrán recuperarse por derrama extraordinaria, en base a unas cuotas sucesivas en función de la forma de pago, con ello evitaremos desvíos y errores de cálculo.

 

4-¿ Por qué no pagan todos los vecinos lo mismo?

 

Este tema es bastante sencillo de explicar pero muy difícil de comprender por los comuneros, en el titulo constitutivo de la escritura de la división horizontal se determinan la cuota de participación, este índice  se determina por la superficie útil del inmueble, no obstante se podría cambiar por unanimidad de la comunidad, cosa que no suele pasar nunca o casi nunca pues los que tuviesen el inmueble mas pequeño saldrían perjudicados.

 

5- Por qué la Comunidad tiene que abonar los gastos de devolución de banco, cuando es un vecino el que lo devuelve?


Al final lo abona quien lo devuelve. El procedimiento es el siguiente: la Comunidad factura el cobro de los recibos correspondientes al mes corriente, en el concepto "provisión de fondos" y con cargo en los cinco primeros días del mes, para todos los propietarios que previamente hayan facilitado domiciliación bancaría; En caso de producirse la devolución del cargo emitido por la Comunidad por parte de algún propietario, este gasto se genera en primer término contra la cuenta corriente de la Comunidad, posteriormente, y una vez conocido, se imputa el gasto integro al recibo devuelto, finalmente una vez realizado el cobro, queda ingresado en la cuenta corriente de la Comunidad. 

 

6-Mi vecino aparca dos coches en su plaza es ¿legal?

 

En cada plaza de garaje la Normativa dice que, solo debe de permanecer un único vehículo, si bien en la practica sucede que mientras no perjudique e incomode al vecino colindante no pasa a mayores y se consiente. El problema radica en caso de incendio, en cuyo caso pudiera ser un motivo perjudicial para la Comunidad de producirse un siniestro, según las Compañías de Seguros.

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