¿Estoy sufriendo acoso laboral por la empresa o ya "veo fantasmas"?

Guía publicada por:

La discriminación en el entorno laboral puede ser clara y evidente o explícita, o mucho más implícita. Los hechos, circunstancias e indicios deben ser analizados en su conjunto en cada caso para conocer si efectivamente la persona trabajadora padece dicha discriminación o, incluso, con más intensidad, de acoso laboral.

No exite una regla fija que conteste a dicha pregunta.

Cada caso es diferente y son los hechos concretos, las circunstancias, los indicios, y sobre todo las pruebas, las que responderán claramente si la persona trabajadora está siendo discriminada o no.  

La empresa, directamente, o a través de los mandos intermedios, o incluso éstos últimos con el silencio cómplice de aquella, pueden discriminar a las personas trabajadoras. 

Dicha persecución o perjuicio al trabajador o trabajadora puede ser claro o evidente o anunciado: "vamos a por tí". No es inusual, por desgracia. Pasa todos los días. La buena noticia es que ya es solo cuestión de obtener las pruebas o indicios. 

Si no es tan evidente, o incluso se intenta negar u ocultar falsamente por los agentes provocadores, desorientará al empleado/a. No deberá perder la cordura ni la serenidad en dudas o dilemas. Le aconsejamos que vaya directo al problema y, como en el supuesto anterior, obtenga evidencias o indicios. 

La cuestión ahora es: ¿me están discriminando, arrinconando, acosando o presionando para dimitir de mi empleo?.

Para saber si ello es así, tenga en cuenta lo siguiente, y responda a estas preguntas: 

- ¿Me han modificado de puesto físico de trabajo?.

- ¿Me han modificado mis funciones?.

- ¿Debo ahora tratar con compañeros de trabajo o personal con un perfil más bajo al mío?.

- ¿Me han cambiado la jornada u horarios a peor?.

- ¿Se me asignan los peores turnos o los trabajos más costosos, de mayor esfuerzo o más penosos?.

- ¿Me han apartado de las tareas de mayor responsabilidad o visibilidad?.

- ¿Se me permite libremente tener contacto con mis compañeros, clientes o colaboradores?.

- ¿Mi promoción profesional se ha estancado o directamente ha sido truncada o "cortada"?.

- ¿Tengo acceso a formación profesional, con nuevos estudios, cursos de adaptación o mejora, congresos, jornadas, etc.?

- ¿Mantengo el trato y gestión de mis cuentas o clientes o se me asignan las de menor importancia?.

- ¿Se me hace el vacío por mis superiores o por mis compañeros?.

- ¿La empresa o los compañeros propagan falsas informaciones sobre mi persona o mi trabajo?.

- ¿Se está menoscabando mi reputación, directamente?.

- ¿Se me prohíbe hablar, tomar café o fumar con el resto de compañeros?.

- ¿Se me ha cambiado la plaza de estacionamiento en la empresa deliberadamente?. 

- .....

- En definitiva, como resumen ¿qué opinión tiene el resto de compañeros de mí? ¿cuando los miro, noto como se compadecen de mí? 

Todas estas preguntas que son duras de hacerse uno mismo deben ser afrontadas. 

Si la mayoría o gran parte, o incluso solo las más importantes, se responden positivamente, ya tendrás la respuesta. 

A partir de aquí, sinceramente, no seamos ingenuos: quien actúa así contra alguien no suele cambiar las cosas, aunque ciertamente hay que dar una oportunidad para que rectifique; pero solo una oportunidad y será cuando tenga que ser y decidamos. Todo eso llegará en su momento.  

¿Qué recomendamos?, estudiado el caso pueden plantearse principalmente estas vías:  

Lo más normal es que la empresa no haya seguido los trámites y procedimiento legal para una modificación sustancial de las condiciones de trabajo. Si ese es el caso y esa afectación del contrato del trabajador menoscaba su dignidad, el/la trabajador/a podrá rescindir su contrato de trabajo, declarándose un despido improcedente con la más alta indemización posible para dicha calificación. 

Por otro lado, se pueden iniciar acciones directamente para la tutela de los derechos fundamentales del/la trabajador/a. En dicho caso, se puede solicitar la extinción del contrato de trabajo con la solicitud del abono de la indemnización correspondiente a un despido improcedente, e incluso la reclamación al resarcimiento por daño moral, si así se acreditase.  

Pero como hemos indicado antes: el diagnóstico, recopilación de hechos e indicios y la estrategia procesal son fundamentales.

Una vez esto, hay que dar la única oportunidad a la empresa para rectificar. 

Recuerde: la preparación lo es todo. 

Déjese asesorar por un abogado que haya tratado profesionalmente ya estos temas. Nosotros le podemos ayudar. Tenemos amplia experiencia.  

VINCIT ABOGADOS

www.vincit.es 

Pedir más información sin compromiso