Expedientes de dominio. Utilidad

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Los expedientes de dominio son procedimientos previstos en la ley de enjuiciamiento civil y en la ley hipotecaria para los casos en que, por diversos motivos, al adquirirse la titularidad de un inmueble, no se puede inscribir el título de adquisición en el Registro de la Propiedad

Los expedientes de dominio previstos en la Ley de Enjuiciamiento Civil y en la Ley hipotecaria, son procedimientos especiales por los que se acude al juez para poder inscribir en el Registro de la propidad la titularidad sobre un inmueble en dos casos:

1.- En el caso de que el inmueble no haya estado antes inscrito en el Registro de la Propiedad y no se pueda inscribir directamente. Se denominan expedientes de inmatriculación

2.- en el caso de que estando inscritos en el Registro, lo estén a nombre de persona distinta al transmitente. Estos se denominan de reanudación del tracto registral.

El procedimiento que se debe seguir aparece detallado en la Ley hipotecaria. No hay demandante y demandado, porque se trata de un procedimiento de jurisdicción voluntaria, que lo solicita unicamente la persona que quiere inscribir su título sobre el inmueble, o bien inmatricularlo a su nombre, aunque sí se citan a una serie de personas previstas en la ley y puede volverse contradictorio (en el caso de que esas personas se opongan a la inscripción), en cuyo caso se convertiría en un juicio verbal.

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