Fondos buitres ??? Ya no se van a salir con la suya ..

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Sentencia del Juzgado de Intancia de Ciudad Real, que da la razon a un cliente que le compro la deuda un fondo buitre y pretende cobrarla. Pero no lo consigue.

 Se puede conseguir que un fondo buitre no se salga con la suya y no cobre una deuda comprada a un banco , sin acreditarlo de manera efectiva ?? Pues el Juez de Instancia de CiudadReal , corrobora la teoria, NO se puede cobrar una deuda si no queda suficientemente acreditado que el titulo de compra venta primero de un banco a un fondo buitre, tiene que quedar suficientemente y documentalmente acreditado, tal y como establece las Sentencias sidel Tribunal Supremo, y el Tribunal Europeo,

Si no se prueba que realmente existe un documento inicial donde existe esa deuda y que es transferida de ese banco al fondo buitre, NO es posible cobrarla , Ademas Juridicamente cabe la Falta de Legitimacion Activa del demandante.

Por lo que Fondos buitres mucho cuidado con vuestros movimientos, pues no teneis tantas alas para robar.

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