¿Has tenido un accidente de tráfico? infórmate

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se pretende, con esta guía, informar de forma general a la víctima de un accidente de tráfico de la nueva regulación al respecto surgida en 2016 y dar unas pinceladas muy prácticas de qué debe hacer y saber en un momento que es crucial.

Con la nueva Ley 35/2015, se reformó el sistema para la valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación.

Surge en esta nueva regulación, como requisito previo a la interposición de la demanda judicial, el haber enviado a la compañia aseguradora una reclamación extrajudicial, en la que entre otros documentos, debe llevar una cuantificación concreta de la cantidad que se reclama, refrendada con un informe de un perito médico especializado en el daño corporal.

Es decir, la ley no impone que tengas que enviar dicha reclamación en todos los casos. Solo en el caso de que posteriormente quieras instar un procedimiento judicial. Si quieres acudir a la vía judicial, tendrás que aportar en la demanda los documentos que demuestren que efectivamente has enviado a la compañia, una reclamación extrajudicial.

¡Y cuidado con los plazos! el plazo para ejercitar la accion judicial, según la ley, es de un año desde el momento en que se produjo el accidente, o en aquel en el las lesiones derivadas de dicho accidente se estabilicen. Eso si, una vez se haya enviado la reclamación extrajudicial a la compañía, dicho plazo de un año se paraliza mientras dura la negociación con la compañía. A tales efectos, esta negociación terminara con el envió de la compañia de la OFERTA O RESPUESTA MOTIVADA. Es en este momento, cuando el plazo paralizado, vuelve a ponerse en marcha.

Otro aspecto importante, es que una vez que se le ha enviado a la compañía la reclamación extrajudicial, ésta tiene 3 meses para formular la Oferta o respuesta motivada.

Otro aspecto del que queremos dejar constancia, es que todos los usuarios, en virtud de su póliza, tienen derecho a elegir un abogado externo y la compañía les abonará sus honorarios hasta un límite que vendrá estipulado en las condiciones o uno interno de la compañia sin limite alguno.

¿Nuestro consejo? si ha tenido un accidente de tráfico, póngase en manos de un abogado externo, puesto que los abogados de las compañías se deben a ellas, a sus instrucciones y a sus intereses.

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