Importe orientativo de la pensión de alimentos

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¿Cuánto es el mínimo establecido para la pensión de alimentos a favor de los hijos?

Podríamos definir la pensión de alimentos como la obligación impuesta a los padres de asegurar económicamente que sus hijos tengan todo lo indispensable para su alimentación, habitación, vestimenta, educación, etc. cuando se producen separaciones o divorcios.

Para fijar dicha pensión se deben tener en cuenta distintos factores, sobre todo los ingresos de los progenitores y las necesidades del menor.

Entrando ya en la cuantía mínima exigida legalmente, hay que decir que no existe en todo nuestro ordenamiento jurídico un precepto que lo establezca cuantitativamente, no obstante, acudiendo a la jurisprudencia, sí podemos encontrar una cantidad orientativa.

En el caso concreto de la provincia de Girona, hemos de acudir a la sentencia de la Audiencia Provincial de Girona de 24 de mayo de 2013, que valora las necesidades básicas de un menor en unos 300 euros, lo que nos permite establecer un importe orientativo de 150 euros para la pensión de alimentos que esta obligado a pagar el progenitor no custodio.

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