Indemnización por despido o por extinción de contrato de trabajo
¿ Qué indemnización corresponde por despido o por extinción de su contrato de trabajo?.
En la actualidad existen varios supuestos de despido ( por ejemplo, despido improcedente, despido objetivo, despido disciplinario, etc.) y varios supuestos de extinción de contrato de trabajo ( por ejemplo, por expiración del tiempo convenido, por fin de obra, por modificación de sus condiciones de trabajo, etc). A cada supuesto corresponde un tipo de indemnización. A continuación se indica en un cuadro los supuestos básicos de despido o extinción de su contrato de trabajo que dan derecho a cobrar la correspondiente indemnización, la correspondiente indemnización y el límite máximo de la cuantía de indicada indemnización.
En el cuadro no se indica la extinción del contrato de trabajo por mutuo acuerdo, por causa acordada en el contrato de trabajo, por dimisión o baja voluntaria del trabajador y por jubilación del trabajador que sólo dan derecho a indemnización si se pacta o acuerda.
Los supuestos indicados en el cuadro dan derecho a la correspondiente prestación por desempleo excepto el supuesto de muerte del trabajador.
La indemnización por despido o por extinción del contrato de trabajo se calcula sobre el correspondiente salario diario del trabajador, la antigüedad del trabajador y un número de días por año trabajado indicado en el cuadro.
Causa de despido o extinción del contrato de trabajo
Indemnización
Límite
Expiración tiempo convenido/ Realización obra o servicio.
- En 2014: 11 días por año de servicio.
- A partir del 01/01/2015: 12 días por año de servicio.
-
Rescisión del contrato por traslado de centro de trabajo que implique cambio de residencia
20 días por año de servicio
12 mensualidades
Rescisión del contrato por modificación perjudicial de jornada, horario y distribución del tiempo de trabajo, régimen de trabajo a turnos, sistema de remuneración, cuantía salarial y funciones.
20 días por año de servicio
9 mensualidades
Resolución del contrato por modificaciones sustanciales en las condiciones de trabajo llevadas a cabo sin respetar lo previsto en el art.41 ET y que redunden enmenoscabo de la dignidad del trabajador.
33 días por año de servicio.
45 días por año de servicio por los períodos anteriores al 12/02/2012.
24 mensualidades
42 mensualidades cuando del cálculo del período de servicio anterior al 12/02/2012 resulte un número de días superior a 720.
Resolución del contrato por incumplimiento del empresario
33 días por año de servicio.
45 días por año de servicio por los períodos anteriores al 12/02/2012.
24 mensualidades.
42 mensualidades cuando del cálculo del período de servicio anterior al 12/02/2012 resulte un número de días superior a 720.
Muerte del trabajador
15 días
-
Muerte, invalidez o jubilación del empresario
1 mes
-
Extinción de personalidad jurídica del empresario
20 días por año de servicio
12 mensualidades
Causas objetivas
20 días por año de servicio
12 mensualidades
Causas económicas, técnicas, organizativas o de producción (despido colectivo)
20 días por año de servicio
12 mensualidades
Fuerza mayor
20 días por año de servicio
12 mensualidades
Despido disciplinario declarado improcedente
33 días por año de servicio.
45 días por año de servicio por los períodosanteriores al 12/02/2012.
24 mensualidades.
42 mensualidades cuando del cálculo del período de servicio anterior al 12/02/2012 resulte un número de días superior a 720.
Contrato de fomento a la contratación indefinida (extinción por causas objetivas declarada improcedente)
33 días por año de servicio
24 mensualidades
Empresario y trabajador pueden acordar otra indemnización.
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