Nueva reforma fiscal

Me han despedido con fecha 18 de junio, pero como tenía 15 de vacaciones, hasta el día 2 no me he podido inscribir al paro.
Mi indemnización por 7 años asciende a 17.542 €.
¿Me descontarán IRPF?

Gracias

Respuestas de otros profesionales:
Premium
DENUNCIA A TU EMPRESA

DENUNCIA A TU EMPRESA

Abogado de Madrid especializado en Despidos

VER PERFIL
Contestado

Buenas tardes,

La nueva medida fiscal en relación a la tributación del despido tiene una serie de límites y características. No obstante, la fecha de su despido es del 18 de junio y el Anteproyecto de Ley indica como fecha en la que comenzarán a tributar las indemnizaciones por despido la del 20 de junio. Por este motivo, no le afecta a su despido.

Si necesita más asesoramiento en relación a su despido (¿es la cuantía de la indemnización correcta?, Salarios, Nóminas, cotización, etc), puede pedir cita previa en el teléfono que viene en mi perfil o en el teléfono que viene en la web www.denunciaatuempresa.com . LA CONSULTA PRESENCIAL ES GRATUITA.

www.denunciaatuempresa.com

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
Basic
V Abogados

V Abogados

Abogado de Madrid especializado en Derecho Concursal

VER PERFIL
Contestado

Buenas tardes. La nueva medida fiscal, por la que se elimina la exención anterior, quedando sujeta a IRPF toda indemnización por despido, entró en vigor con fecha posterior a tu despido, y por tanto al pago de la correspondiente indemnización, por lo que en principio no te afecta la nueva regulación. Para mayor información puede contactar con nuestro despacho a través del correo electrónico ial@viciano.com. Un saludo.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
Basic
RF Abogados

RF Abogados

Abogado de Valencia especializado en Derecho Penal

VER PERFIL
Contestado

Buenas tardes,

No le descontarán el IRPF porque aún no está en vigor dicha regulación. De todas formas, está usted seguro que la indemnización que le han dado es la que le corresponde? Nuestro despacho puede asesorarle para que se quede tranquilo sabiendo que obtiene el total de lo que le toca por ley.

Puede contactar con nuestro despacho a través de ramon@rfabogados.es

Un saludo

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
Basic
HERNANDO & HERRERO

HERNANDO & HERRERO

Abogado de Madrid especializado en Derecho del Trabajo

VER PERFIL
Contestado

NO, dicha cantidad está exenta en IRPF por ser la fecha del despido la de 18/06/2014.
Con independencia de que la fecha de efectos de baja en seguridad social conste más tarde por tener vacaciones no disfrutadas.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
Basic
ABOGADO PARACUELLOS DE JARAMA SOMOLINOS & GAV

ABOGADO PARACUELLOS DE JARAMA SOMOLINOS & GAV

Abogado de Paracuellos de Jarama

VER PERFIL
Contestado

Buenos dias :

Indicarle que todavía no ha entrado en vigor la modificación sobre retenciones del IRPF en las indemnizaciones por despido. Por lo que atendiendo a su caso concreti estará exenta.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado