La era de las demandas colectivas

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Demandas de grupos de afectados por actos de consumo: una realidad posible, ágil y práctica que precisa todavía mayor concreción

El Diario Oficial de la Unión Europe (DOUE) el pasado 4 de diciembre de 2020 publicó la esperada Directiva 2020/1828 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de noviembre, relativa a las acciones de representación para la protección de los intereses colectivos de los consumidores. 

Aunque el  único mecanismo actuación conjunta de un grupo de afectados es posible, se requiere una regulación más minuciosa que se llevará a cabo con la necesaria reforma que sufrirán para transponer la referida Directiva, tanto la Ley Orgánica del Poder Judicial y la Ley de Enjuiciamiento CIvil, como el Código Civil y la Ley de Mediación.

Según lo previsto en la Directiva referida, cada Estado miembro podrá reconocer a los consumidores individuales afectados por la acción de representación conjunta determinados derechos, pero esos consumidores individuales no podrán ser parte demandante en el procedimiento. 
https://lnkd.in/dMZR4TR6
https://lnkd.in/d7WXkra5

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