me dan la nómina on line ¿ me la tienen que dar en papel?

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A veces la visualización on line de la nómina genera la duda de si tb nos la tienen que dar en papel, especialmente cuando no disponemos de medios en la empresa o en nuestro puesto de trabajo, para la visualización e impresión del documento

ME DAN LA NÓMINA POR INTERNET ¿ ME LA TIENEN QUE DAR TAMBIEN EN PAPEL?

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Hoy por hoy está cada vez más extendido que las empresas, especialmente las de una plantilla mediana o grande, hayan suprimido la emisión de los recibos de nómina en papel y hayan implantado un sistema de visualización on line al que los trabajadores acceden mediante identificación y clave. Esto puede lugar a situaciones poco deseables para el trabajador que en muchas ocasiones por “ pereza” no comprueba los datos del recibo de nómina y si las retribuciones abonadas mediante transferencia bancaria coinciden en su importe con las descritas en el recibo de salario, ello puede llevar a que le trabajador, especialmente en momentos en los que tiene que recibir cantidades mayores de las habituales, en meses de pago de extraordinarias, liquidacio de objetivos, incentivos etc de vencimiento superior al mes, calcule “ a ojo” y si más o menos coincide con lo que le abonan no le dé más vueltas.

¿ Que ocurrirá entonces en el caso de una reclamación posterior, si el trabajador se da cuenta de que las cantidades abonadas son inferiores a las que le corresponden? Si el trabajador ha visualizado el recibo y lo ha archivado en formato que sea imprimible ( formato PDF fundamentalmente) no ocurrirá nada ya que una vez impreso dispondrá de un documento valido a efectos probatorios pero ¿ que ocurre si no lo hemos imprimido o archivado como documento en nuestro ordenador u otro dispositivo de almacenamiento? Que nos habremos quedado sin prueba, ya que si por alguna razón ( ej despido o finalización de la relación laboral por cualquier causa) la empresa nos deniega el acceso a la ubicación web en la que podíamos visualizarlo no podremos demostrar que tenemos razón en lo que reclamamos. Nos quedaría una posibilidad y es proponer en nuestra demanda la prueba documental de los recibos de salario pidiendo al juzgado que requiera a la empresa para que las aporte, pero esto no nos garantiza nada de entrada.

Por otra parte la visualización on line del recibo de nómina en algunos casos es muy sencilla y no requiere mucho tiempo, pero dependiendo del sector y del puesto de trabajo puede suponerle al trabajador una dedicación de tiempo, recursos incluso económicos y conocimientos informáticos que no todo el mundo tiene. Por eso una sentencia de la audiencia Nacional del pasado mes de abril anula la decisión de una empresa de no entregar a los trabajadores los recibos salariales mensuales en papel, al considerar que tal práctica solo podría llevarse a cabo si se cumplen determinadas condiciones entre las cuales están que los trabajadores puedan acceder a la visualización archivo e impresión desde terminales de la propia empresa ( ya sea el del propio puesto de trabajo o uno habilitado “ ad hoc” sin que ello les suponga tener que utilizar tiempo de descanso para la realización de esta tarea.

En todo caso conviene tener presente la importancia de conservar los recibos de salario en papel, ya que en caso de una reclamación serán documentos que obren en nuestro poder y evitaremos situaciones de malentendido con la empresa que pudiera llevarnos incluso a litigios innecesarios.

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