No Custodia compartida si se vive en Cadiz y en San Sebastian

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El tribunal supremo dicta Sentencia donde acredita que la Distancia no solo dificulta sino que hace inviable la custodia compartida por la distorision y la alteracion en el menor.

La nueva Sentencia del Tribunal Supremo ha dictado  LA INVIAVILIDAD DE LA CUSTODIA COMPARTIDA DE DOS PADRES QUE TENENDO UNA HIJA EN COMUN les dictan la custodia compartida si vive una en Cadiz y el otro en  San Sebastian, y ha optado porque la menor conviva con la madre en Cadiz,  pues esta Custodia Compartida hace inviable la posibildidad de compartir dicha custodia , pues afecta a los Derechos del Menor, y les crea un nomadismo Inusitado en estos tiempos,  Y considera perjudicial  las alteraciones que a este menor esta situacion le puede provocar , este Tribunal revoca la resolucion de un Juzgado de San Sebasatian , el niño vivia 15 dias en cada sitio ,  Debe Prevalecer el Interes del Menor en todos los casos y no las necesidades de los padres , con dos colegios dos atenciones sanitrarias, y dos viviendas a mas de 1000 kms de distancia y los desplazamientos, , realmete era una vida nomada no dando estabilidad al menor , aunque ambos tengan habilidades parentales , no es suficiente criterio obviando el interes del menor,

 Por lo que al final se le decide dar a la custodia a la madre con un amplio regimen de visitas hacia el padre , y siempre velando por la necesidad de relacion entres ambos progenitores del niño .

 ALGO TRASCENDENTE EN LA JURISPRUDENCIA .

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