Nulidad del IRPH. Hipotecas sin tipo de interés.

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Una Sentencia del Juzgado Mercantil de Donostia declara nulo el IRPH con carácter retroactivo y considera que al no haber índice substitutivo en vigor resulta de aplicación el tipo de interés 0.

Mediante una sentencia del pasado 10 de febrero, el Juzgado de lo Mercantil Nº1 de Donostia – San Sebastián ha dictado la primera sentencia de nulidad de IRPH Entidades que se aplica a todo el territorio español.

El IRPH Entidades es la única de las variedades de IRPH que sigue vigente, en un considerable número de hipotecas. A nivel estatal podría haber más de un millón de familias afectadas por este índice, por lo que esta primera sentencia de nulidad del IRPH Entidades es muy importante y abre las puertas a reclamar a los afectados.

La sentencia declara nulo por abusivo el IRPH Entidades y condena en este caso a Kutxabank a devolver la integridad de los intereses cobrados mediante este índice. Además, al no haber un índice sustitutivo válido previsto en el contrato, el préstamo hipotecario pasará a tener un tipo de interés nulo, con lo cual los afectados no pagarán ningún interés, y se les devolverán todos los ya pagados desde el principio de su hipoteca.

Esta sentencia llega muy poco después de que la Audiencia Provincial de Gipuzkoa revocara la primera sentencia de nulidad de IRPH Cajas, que fue recurrida por Kutxabank. Esta Sentencia, que ha sido dictada tras hacerse pública la sentencia de la Audiencia Provincial, demuestra que los argumentos empleados por la Audiencia para revocar la primera sentencia de nulidad del IRPH Cajas no son suficientes para descartar la abusividad de los índices IRPH.

La propia Audiencia Provincial reconoció en su sentencia que el asunto, «además de suscitar serias dudas, ha de estimarse novedoso y, por supuesto, complejo».

La Audiencia Provincial tiene pendiente resolver los recursos interpuestos por Kutxabank a más de 30 sentencias de nulidad de IRPH Cajas. El fallo conocido hoy hace que los afectados sean optimistas y consideren perfectamente factible que las siguientes 30 sentencias sean ratificadas, pues las demandas fueron mejor argumentadas que la primera y podrán posicionar a la Audiencia Provincial.
Rosa Nieto, Abogado de NIETO&SANZ, Abogados asociados.

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