Obligación de declarar en el irpf

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Abogado de Barcelona especializado en Derecho Laboral

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En la Declaración de Renta de 2.013, estaran obligados a declarar aquellos contribuyentes residentes en España que obtengan rentas del trabajo superiores a 22.000,00 euros de un solo pagador, o de aquellos que, cuando perciban rentas de un segundo o posterior pagador, estas últimas superen los 1.500,00 euros -conjuntamente- y el importe satisfecho por el primer pagador supere los 11.200,00 euros.

El límite de 11.200,00 euros también se aplicará a aquellos que cobren pensiones compensatorias o de alimentos y lo superen, a aquellos que no se les retenga cantidad alguna por el pagador o se les someta a tipo fijo de retención.

Aquellos que obtengan rendimientos del capital mobiliario o ganancias patrimoniales superiores a 1.600,00 euros.

También aquellos que obtengan imputaciones inmobiliarias de renta, rendimientos de Letras del Tesoro y subvenciones para adquisición de VPO superiores a 1.000,00 euros.

Finalmente, los que soliciten la devolución en la Declaración o aquellos que tuvieran derecho a deducción por vivienda habitual, cuentas ahorro-empresa, planes de pensiones, PPA o aportaciones a patrimonios de discapacitados y hagan efectiva la deducción

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