Pensión de alimentos de los hijos

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Tienen derecho a la pensión de alimento tanto los hijos menores de edad como los hijos mayores de edad que no tengan independencia económica.

PENSIÓN DE ALIMENTOS
 

¿Qué es la pensión de alimentos?

La pensión de alimentos no incluye únicamente la comida, sino que es todo aquellos que sea necesario para los hijos como puede ser la vestimenta, la educación, la asistencia médica entre otros.


¿Quiénes son las personas que tienen dicha obligación?

La obligación es de ambos progenitores, tanto del progenitor custodio como del progenitor no custodio. Aunque en la sentencia únicamente se fije la cantidad a pagar que tiene el padre/madre que no convive con los hijos.


¿Qué hijos tiene derecho a la pensión de alimentos?

Tienen derecho todos los hijos menores de edad y aquellos hijos mayores de edad que no tenga una independencia económica. Puede que el hijo mayor de edad trabaje pero no tenga un sueldo lo bastante alto como para poder sustentarse con su propio sueldo, esto suele pasar con aquellos que trabajan los fines de semana.


¿Quién puede solicitar la pensión de alimentos?

 Pueden solicitarla los progenitores de los menores, tanto en las demandas de divorcio o de separación, como aquellas parejas que no estén casadas pero tengan hijos en común.


¿Qué hacer cuando el progenitor no custodio no paga la pensión de alimentos?

Se puede acudir a los Tribunales para solicitar el pago de estas pensiones atrasadas. Sólo se pueden reclamar hasta pasados cinco años.

¿Qué cuantía pedir de pensión de alimentos?

No hay una cantidad fija si no que dependerá de los ingresos del progenitor no custodio y de las necesidades del hijo, aunque hay una tablas orientativas para saber más o menos que cantidad solicitar. Dicha cantidad se va modificando con el IPC anual.


¿Se puede pedir la modificación de la cuantía de la pensión de alimentos?

Para solicitar una modificación de la pensión de alimentos hay que realizar una nueva demanda exponiendo los motivos por los cuales se quiere dicha modificación. Pueden solicitarla ambos progenitores, tanto el custodio como el no custodio.

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