Permiso Retribuido del 30 DE Marzo Al 9 de Abril 2020

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Que derechos tengo en esta situacion de Pandemia coronavirus en situacion laboral?

Ante la nueva situacion , nos encontramos con un nuevo paron en la situacion laboral todo ello referido a que durante este Nuevo Periodo de situacion del 30 de Marzo al 9 de Abril de 2020, que puedan seguir desempeñando su actividad mediante  TELETRABAJO LO HARAN  pero el resto, de trabajadores que se encuentren en una situacion de las recogidas en el REAL DECRETO LEY 10/ 2020,  tendran derecho a un PERIMISO RETRIBUIDO  , conlleva que estas personas su derecho a la retribucion que les hubiera correspondido de estar prestando servicios con el caracter ordinario , incluyendo salario base y complementos salariales .

 Y que posteriormente dichas horas tendran que ser trabajadas y recuperadas hasta con las vacaciones.

Este Real Decreto Ley , solo es de aplicacion temporal, porque si en el plazo de 30 dias no se ratifica no tendra efectos,  POR LO QUE EXISITIRA UN PROBLEMA A LA HORA DE RECLAMAR LAS VACACIONES PUES DICE DICHO REAL DECRETO LEY QUE INCLUSO SE COMPENSARA CON DIAS DE VACACIONES PERO  el Estatuto de los Trabajadores, no dice eso , asi que ya veremos en que queda eso .. estaremos informando . gracias desde este Despacho Profesional.... seguira atento ..

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