¿qué ocurre con las vacaciones no disfrutadas?

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Lexdir

Según establece el Estatuto de los Trabajadores, las vacaciones deben disfrutarse dentro del período anual correspondiente. De este modo, concluido el año el 31 de diciembre, se pierde legalmente el derecho a disfrutarlas.

Si el trabajador que está en paro debido a la extinción del contrato de trabajo no ha disfrutado de las vacaciones anuales que le correspondían, éste tiene derecho a solicitar que la situación legal de desempleo y el derecho a la prestación por desempleo comiencen una vez que transcurra el período de vacaciones. Sin embargo, deberá solicitarlo dentro de los 15 días siguientes a la extinción de su contrato de trabajo y siempre que tal período de vacaciones no disfrutado se haya hecho constar en el certificado de empresa.