¿Qué pasa cuando la maternidad se produce estando en paro?

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Esta guía pretende orientar sobre la situación en que queda la trabajadora que, estando en desempleo cobrando la prestación, entra en maternidad. Asimismo, también se da respuesta a la situación contraria: trabajadora que estando disfrutando del descanso de maternidad y cobrando la prestación, le sobreviene un despido o su extinción del contrato de trabajo

DEL DESEMPLEO A LA MATERNIDAD

Cuando de la situación de desempleo se pase a la maternidad, se producirá una suspensión de la primera en favor de la segunda. La prestación de desempleo se suspenderá y se iniciará la percepción de la prestación por maternidad durante las dieciséis semanas legalmente establecidas, transcurridas las cuales se reanudará la prestación de desempleo por el tiempo que quedara pendiente en el momento de iniciarse la suspensión (por tanto, el tiempo de maternidad no consume tiempo de desempleo).

DE LA MATERNIDAD AL DESEMPLEO

Por otro lado, si una trabajadora se encuentra en situación de maternidad disfrutando de su permiso y la prestación correspondiente y durante la misma se extingue su contrato de trabajo en virtud de alguna de las siguientes causas:

-         Despido colectivo (ERE)

-         Muerte, jubilación o incapacidad permanente del empresario individual

-         Despido individual por causas disciplinarias u objetivas

-          Resolución voluntaria por parte de la trabajadora fundamentada en un incumplimiento empresarial grave (arts. 40, 41.3, 49.1.m) i 50 ET)

-          Expiración del tiempo convenido o realización de la obra o servicio objeto del contrato

-          Resolución del contrato durante el período de prueba

Continuará percibiendo la prestación por maternidad hasta que transcurran las dieciséis semanas, pasando entonces a la situación legal de desempleo y a percibir, si cumple los requisitos necesarios, la correspondiente prestación de desempleo. Y no se descontará del período de prestación de desempleo al que tenga derecho el tiempo que haya estado en situación de maternidad.

Ahora bien, al margen de su situación en relación a la prestación de la Seguridad Social a la que tenga derecho, conviene analizar detalladamente las causas de la extinción del contrato, sobretodo en supuestos de despidos o en general resoluciones instadas por la empresa, porque los despidos de embarazadas o trabajadoras que estén disfrutando de su descanso por maternidad es nulo. Pero no en todos los supuestos,si la empresa tiene causa legal justificativa de su decisión extintiva, ajena a cualquier motivo discriminatorio, puede hacerlo. 

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