¿Qué son las medidas provisionales en una separación o divorcio?

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Qué son las medidas provisionales, para qué se solicitan, cómo se solicitan las medidas provisionales, efectos de las medidas provisionales, vigencia de las medidas provisionales, qué medidas provisionales puedo pedir.

Las medidas provisionales son aquellas que se toman de manera temporal hasta la obtención de sentencia firme de separación o divorcio y por tanto la obtención de medidas definitivas que sustituirán a éstas. Su tramite (en teoría) es más rápido que el del proceso principal. Veamos sus características:

  • Como ya hemos dicho, son temporales y se toman por razones de urgencia.
  • Se pueden solicitar ante el Juzgado con anterioridad a la presentación de la demanda de separación o divorcio, en cuyo caso, tales medidas sólo subsistirán si dentro de los 30 días siguientes a su adopción se presenta la correspondiente demanda de separación o divorcio. Para agilizar el procedimiento, también se pueden solicitar con la demanda principal (medidas provisionales "coetaneas") o en la contestación a la misma.
  • Para su solicitud no se requiere abogado ni procurador. Si bien, para los trámites posteriores sí van a ser necesarios.
  • No se establece qué documentación ha de acompañarse a las medidas provisionales, pero es necesario aportar los documentos que justifiquen la adopción de tales medidas, así como certificación de matrimonio (si lo hubiere) y de nacimiento de hijos (si los hubiere). No obstante, si no se aportan con la solicitud, se podrán aportar el día de la comparecencia.
  • Una vez presentada la solicitud se citará a las partes a una comparecencia. Se tratará de llegar a un acuerdo, y si no lo hubiere, se oirán sus alegaciones, se practicarán las pruebas propuestas y el juez resolverá mediante Auto.
  • Las medidas provisionales son eficaces desde el mismo momento en que se dictan, se puede exigir su cumplimiento de manera inmediata.

Medidas que se podrán tomar:

  • Medidas paternofiliales: guarda y custodia de los hijos, patria potestad y régimen de visitas.
  • Medidas sobre la atribución del uso de la vivienda familiar.
  • Medidas relativas a las cargas del matrimonio, incluidas las litis expensas.
  • Medidas relativas al régimen económico matrimonial, bienes comunes que deban entregarse a una u otra parte y reglas que se deban observar en la administración y disposición de los bienes.

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