¿quién paga las obras en una vivienda alquilada?

Guía publicada por:

Lexdir

En el caso de obras de mejora ya no estamos hablando de asegurar “las condiciones de habitabilidad para servir al uso convenido” como ocurría con las obras para la conservación de la vivienda, sino de mejorar las condiciones de la vivienda . En este punto, y para saber quién tiene que hacerse cargo del coste económico, es importante distinguir quién pretende realizar las obras:

El propietario:  En principio, el propietario es libre de introducir las mejoras que desee. Sin embargo, el inquilino tiene derecho al uso normal de la vivienda. Si esto no se ve afectado, el propietario puede actuar con libertad, pero en caso contrario, la ley sólo le permite realizar las siguientes mejoras:

Mejoras cuyo aplazamiento no es razonable diferir hasta la conclusión del contrato (por ejemplo, porque afectan a todo el edificio: instalación de un ascensor). En este caso, el propietario tiene que notificar su voluntad de realizar estas mejoras y si realmente afectan al uso de la vivienda de manera relevante, el inquilino podrá desistir del contrato. Si no desiste, tendrá que ser compensado por vía de reducción de rentas e indemnizado por los gastos que se haya visto obligado a efectuar a causa de las obras.

Mejoras que imponga la autoridad competente: En este caso, el inquilino solo podrá suspender el contrato si la vivienda deviene inhabitable.

El inquilino:   El arrendatario puede realizar obras de conservación de poca importancia o urgentes. En referencia a otras obras, la ley se limita a hacer dos pronunciamientos:

La modificación de la configuración de la vivienda o accesorios, así como cualquier obra que pueda afectar la estabilidad o seguridad, exige permiso escrito del propietario. Si se actúa sin este permiso, éste podrá resolver el contrato y, en cualquier caso, cuando el contrato finalice, podrá optar para exigir la reposición de la vivienda al estado anterior.

Si el inquilino o algún miembro de su familia se ven afectados por una  minusvalía , la ley le autoriza a realizar las obras de acondicionamiento necesarias a su cargo y sin ningún otro requisito que la previa notificación escrita. Ahora bien, cuando el contrato finalice, tendrá que volver a dejar la vivienda tal y como estaba antes.