Reclamar una indemnización por un accidente a la vía pública

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Se puede reclamar una indemnización cuando se sufre algún daño a consecuencia de un accidente en la vía pública, siempre y cuando este daño haya sido causado por un mal estado de la vía, ya sea en las calles, plazas y, de manera general, a todo el mobiliario urbano.

Desgraciadamente son habituales las reclamaciones por accidentes en la vía pública, ya que el estado de la vía es difícil que esté siempre en perfectas condiciones y por lo tanto se producen frecuentes caídas e incidentes para los peatones. En cualquier caso, es habitual que los mismos perjudicados no ejerciten su derecho de reclamar la indemnización a la administración que corresponda, generalmente por desconocimiento.

Este derecho a reclamar a la administración responsable la indemnización correspondiente, se genera por cualquier incidente a la vía pública que esté causado por una falta de mantenimiento y que consecuentemente comporte la producción de daños. Se debe tener presente que todas las administraciones tienen concertadas pólizas de responsabilidad civil que cubren y hacen cargo del pago de los importes de las indemnizaciones que correpondan.

La acción se inicia ante la propia administración responsable, mediante la presentación de una reclamación con prueba de los daños sufridos (informes médicos, partes médicos, atestado de los hechos, etc.) Y el coste que se estima adecuado de indemnización, en un plazo máximo de un año desde la ocurrencia del accidente.

La administración evalúa esta solicitud, lo más habitual es que la traslade directamente a su compañía aseguradora, y emite una resolución administrativa que puede reconocer o no el derecho a percibir la indemnización que se reclama.

Por tanto, la reclamación puede ser estimada por la administración o, por el contrario, puede ser desestimada, lo queabre la vía judicial ante la jurisdicción donde se tramitará un procedimiento judicial que finalizará con una sentencia que si es estimatoria, se fijará la responsabilidad de la administración y el importe con el que el perjudicado debe ser indemnizado.

En cualquier caso, este tipo de reclamaciones también repercuten a nivel general, es decir, al resto de peatones, ya que la práctica habitual de la administración frente este tipo de reclamaciones es que se precede rápidamente a la reparación de los elementos dañados que han sido causa del daño sufrido.

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