Sentencia sobre cláusulas suelo

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Comentario a la Setencia del Tribunal Europeo de de 21 de diciembre de 2016 que acuerda que los bancos deben devolver todo lo cobrado por la cláusula suelo.

El Real Decreto 1/2017, de 20 de enero que pretende dar a los consumidores una solución extrajudicial, la reclamación previa ante la entidad bancaria, para recuperar las cantidades indebidamente entregadas.

Pese a la regulación de la vía adecuada para la recuperación de estas cantidades, los consumidores siguen sin atreverse a iniciar el trámite.

Por su parte la actitud de los bancos es la de atender las reclamaciones según se van produciendo, pero no se adelantan a ofrecer una solución de conjunto, de ahí que deba reclamarse de forma individual para que la entidad atienda y resuelva cada caso.

Además, encontramos recientes sentencias a nivel nacional que han entendido que los gastos de constitución de hipoteca no debían ser asumidos en su totalidad por el consumidor, de ahí que existan pronunciamientos a favor de la devolución de las 2/3 partes de los gastos de formalización de la hipoteca, tales como certificaciones registrales, notaria, inscripción en el Registro de la Propiedad, gestoría, incluso tasación.

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