¿Sufres acoso inmobiliario o "blockbusting"?

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En nuestra actual realidad económica y social (aunque, desde luego su punto máximo de “desarrollo” lo vivimos durante la “burbuja inmobiliaria”), cada vez son más habituales las situaciones en las que los ciudadanos (sobre todo, los de avanzada edad) sufren lo que ha venido denominándose “blockbusting” o acoso inmobiliario.

Las conductas comprendidas en este tipo penal de “acoso”, pueden ser de muy diferente naturaleza: desde introducir colectivos marginales en el edificio que se pretende adquirir -con lo que los vecinos se marchan y los precios se desploman- hasta el caso de los arrendadores que se desentienden totálmente del mantenimiento del inmueble (no resultando delito toda conducta irregular del arrendador – la cuál podrá instarse en la vía civil – sino aquella que atente contra el bien jurídico protegido en este supuesto: la integridad moral de quien habita la vivienda).

Para más información y conocer casos actuales en los que se ha apreciado la existencia de dicho "acoso inmobiliario", no dudes en consultar nuestro Blog:

http://iurisbilbao.es/blog/2014/04/01/el-acoso-inmobiliario/

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