Curso de concienciación vial y pena por conducir bajo los efectos del alcohol

Hola,

Me pararon y di positivo en alcohol, lo suficiente como para que fuese por lo penal.
Tuve un juicio rápido al día siguiente. Llegué a un acuerdo en el que reconocía los hechos, y me condenaban a 8 meses de retirada de carnet de conducir y 600 euros de multa.
Mi sorpresa ha sido cuando al poco tiempo me llega una carta en la que me exigen que haga un cursillo de concienciación, pues todavía me quedan 9 puntos ya que nunca había tenido ninguna infracción.
El curso vale casi 400 euros. Y mi pregunta es la siguiente: ¿Cómo puede ser que llegando a un acuerdo con el juez, en que quedó clara la condena, y diciendo la ley que no te pueden condenar por el mismo hecho dos veces, esté obligado a hacer y pagar un cursillo del que no me avisaron? Por cierto el día en que me pararon me dieron muy poco tiempo para poder llamar a un familiar y también tuve que pagar el servicio de la grúa.

Gracias y un cordial saludo.

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Abogado familia Teruel Manuel Lázaro Gargallo
Contestado

Si la condena es inferior a dos años, para volver a conducir, válidamente, deberá acreditar haber superado con aprovechamiento el curso al que hace referencia el primer párrafo del artículo 63.7. de la Ley de Seguridad Vial.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado