Abuso posición privilegiada
Abogado tráfico Madrid - GJ Defensa Legal
Abogado de Madrid especializado en Derecho Civil
Tras la lectura de la Ordenanza de Convivencia de Hospitalet, no se refleja en ningún pasaje de la misma, que la Guardia Urbana tenga que acudir a informar al propietario de un animal domestico de las molestias.
Dicho esto, si la infracción de molestar al resto de vecinos, por parte de uno de sus perros, se ha producido el día 01 de octubre, la infracción ya está consumada.
Como quiera que ya han iniciado expediente sancionador, a usted le otorgarán los derechos a alegaciones y recursos para defenderse que permite la normativa.
Que el expediente llegue a culminar en una sanción, dependerá de las pruebas que estén a disposición del Instructor del expediente.
Por tanto, dicho lo anterior, a nuestro Juicio la actuación del Ayuntamiento está ajustada a derecho, y como ha dicho otro compañero, aunque su vecina trabaje en el Ayuntamiento, tiene derecho a denunciar cuando se sienta perjudicada por unos hechos, como lo haría cualquier otro ciudadano.
Abogado Castellón - JULIO PLANELL FALCO
Abogado de Castelló de la Plana especializado en Derecho Urbanístico
Lo que usted pretende, no lo veo viable, por cuanto la denunciante ha actuado cual una vecina más, y habrá denunciado presuntamente porque su perro ladró y le molestó. Debe tener en cuenta que aunque es perfectamente legal, salvo que haya un reglamento interno de la comunidad de propietarios, que usted pueda en su piso tener un perro, el mismo no debe molestar al resto de los vecinos. Puede hacer alegaciones, pero es difícil que prosperen, por cuanto los actos sancionadores de la administración gozan de presunción de veracidad, y corresponde al ciudadano probar que, en este caso, el perro no molesta a los vecinos.
Abogado Herencias Logroño Blasco Abogados
Abogado de Logroño especializado en Derecho Administrativo
Su vecina, con independencia de donde trabaja, vive en la casa, ha podido oír al perro ladrar y, por lo tanto, está legitimada para hacer lo que considere por razón de algo que ha conocido en primera persona por vivir en la misma casa. Otra cosa es que si su vecina no ha hecho los deberes, o los ha dejado a medias, le den la razón y llegue a buen puerto el procedimiento tramitado. Ahora bien, aviso para navegantes, si el perro "supuestamente" vuelve a molestar, puede encontrarse con un problema. Finalmente, sobre la posible denuncia contra su vecina, no vemos que tenga ningún recorrido.
Sanz Abogados - Abogado Sant Feliu
Abogado de Sant Feliu de Llobregat especializado en Proceso Judicial
Poder se puede denunciar. Sin embargo con los datos que plantea no le veo mucho desarrollo y lo veo arriesgado por la difícil prueba. Aunque su vecina trabaje en el Ayto., y le pueda resultar más fácil, también es ciudadano que puede denunciar.
Esos pasos que menciona son los habituales, y la falta de los mismos le servirán de alegaciones puesto que no hay aviso ni queja formal previa ni de la comunidad de vecinos ni de la urbana. Pero que no se cumplan los habituales no quiere decir que directamente el Ayto pueda personarse e inspeccionar ante la denuncia de un ciudadano.
Saludos.
Abogado accidentes Sevilla Silvia De Talavera Gawronska
Abogado de Sevilla especializado en Derecho Civil
De acuerdo con los compañeros. Con los datos que proporciona no lo veo. Como le dicen la falta de avisos le pueden servir de alegaciones contra el procedimiento.
ABOGADO BANCARIO CIUDAD REAL Antonio J. Almarza
Abogado de Valdepeñas especializado en Arbitraje
No. El abuso de posición de dominio (que no privilegiada) está pensado en el ámbito mercantil para empresas que gozan de monopolio.