Accidente de trabajo por faltas medida de seguridad
ABOGADO ACCIDENTES GALICIA Bufete Veiguela Lastra & Fernández Freire
Abogado de Lugo especializado en Derecho Laboral
Buenas tardes,
El 30% ese que le han reconocido es lo que se llama recargo de prestaciones. Y consiste en que la pensión que en su día le ha sido reconocida tiene que incrementarse en un 30% con cargo a la empresa en la que usted trabajaba.
Ese 30% sólo se paga si la empresa se lo abona a la Seguridad Social.
Por otro lado, a parte de la incapacidad permanente y el recargo de prestaciones usted tiene derecho a una indemnización por daños y perjuicios, así como a otra indemnización que comúnmente se conoce como póliza de convenio.
De la RC responderán la empresa y la compañía aseguradora con la que tuviere asegurada la RC.
Si quiere ayuda para este caso póngase en contacto conmigo MIGUEL FERNÁNDEZ FREIRE.
Nuestro despacho se hará cargo de todo y no le cobraremos nada hasta que usted haya percibido su indemnización.
Un saludo,
ABOGADO ACCIDENTES GALICIA Bufete Veiguela Lastra & Fernández Freire
Abogado de Lugo especializado en Derecho Laboral
Buenas tardes,
El 30% ese que le han reconocido es lo que se llama recargo de prestaciones. Y consiste en que la pensión que en su día le ha sido reconocida tiene que incrementarse en un 30% con cargo a la empresa en la que usted trabajaba.
Ese 30% sólo se paga si la empresa se lo abona a la Seguridad Social.
Por otro lado, a parte de la incapacidad permanente y el recargo de prestaciones usted tiene derecho a una indemnización por daños y perjuicios, así como a otra indemnización que comúnmente se conoce como póliza de convenio.
De la RC responderán la empresa y la compañía aseguradora con la que tuviere asegurada la RC.
Si quiere ayuda para este caso póngase en contacto con nosotros.
Nuestro despacho se hará cargo de todo y no le cobraremos nada hasta que usted haya percibido su indemnización.
Un saludo,
Abogado Divorcio Ferrol Luis Insua Meirás
Abogado de Ferrol especializado en Derecho de Familia
Buenas tardes. En primer lugar, para poder hacernos cargo de su «asunto», tiene usted que comunicárselo a su Abogado y que él nos de la venia (permiso) para actuar. Después contactaríamos con el Abogado nosotros para que nos facilite los datos del Expediente y, a continuación le informamos a usted de todos los trámites a seguir. Nuestros honorarios serán pactadas con usted cuando sepamos en qué situación está el expediente. Quedamos a su disposición para cualquier duda o aclaración. Un cordial saludo
Abogado divorcio La Coruña - Jose Ramón Baña Caamaño
Abogado de Coruña especializado en Derecho Civil
Muy Sra. Mía:
Para poder darle una opinión en un asunto, con tantos matices como el suyo, necesito inexcusablemente ver la documentación del asunto, a fin de estudiarla y poder darle una opinión fundada.
Le ruego se ponga en contacto con el despacho para tratar de buscar la forma de que pueda examinar el expediente judicial.
Att.;