Accidente de trabajo por faltas medida de seguridad

Buenos días, les escribo porque el 8/6/14 tuve una caída a causa de que el sueño del trabajo estaba mojado y sin señalizar. Con grabación de la caída y con testigos. Eso me ocasionó una invalidez absoluta total para todo tipo de trabajo. Y dejándome secuelas graves, y síndrome compresivo de cola de caballo. Siendo operada en 4 ocasiones. Mi jefa no me facilito el nombre de la mutua. Estando en la UCI llego buro fax al hospital de ser despedida. La propia mutua acudió al hotel para que me diera la autorización para acceder a sus servicios. Si mi jefa me hubiera dejado ir en el momento de la caída los médicos me dijeron que llevaría vida normal. Esta todo denunciado. Pero veo que mi abogado no está solucionando las cosas como debería. Puesto que pase informe forense a mi favor, inspección de trabajo sancionó al hotel y la s.social incremento mi pensión un 30% a mayores por el delito. Pero mi indemnización no se me ha pagado. Y ya va para cuatro años. Busco alguien que me ayude. Porque mis secuelas son férulas en las piernas, no tengo capacidad de micción que utilizo sondas y pañales y tampoco de defecación. Estoy bajo tratamiento psiquiátrico donde me diagnostican de depresión grave sin signos de mejoría por shock traumático. Tengo 8 testigos ami favor y el hotel solo uno y aún encima no estaba ese día. Creo que he caído en malas manos o se le ha echo demasiado. Necesito ayuda. El trabajo ya está medio echo pues tanto s.social como. Inspección de trabajo y el inss están ami favor. Ruego ayuda.

Respuestas de otros profesionales:
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ABOGADO ACCIDENTES GALICIA Bufete Veiguela Lastra & Fernández Freire
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Buenas tardes,

El 30% ese que le han reconocido es lo que se llama recargo de prestaciones. Y consiste en que la pensión que en su día le ha sido reconocida tiene que incrementarse en un 30% con cargo a la empresa en la que usted trabajaba.

Ese 30% sólo se paga si la empresa se lo abona a la Seguridad Social.

Por otro lado, a parte de la incapacidad permanente y el recargo de prestaciones usted tiene derecho a una indemnización por daños y perjuicios, así como a otra indemnización que comúnmente se conoce como póliza de convenio.

De la RC responderán la empresa y la compañía aseguradora con la que tuviere asegurada la RC.

Si quiere ayuda para este caso póngase en contacto conmigo MIGUEL FERNÁNDEZ FREIRE.

Nuestro despacho se hará cargo de todo y no le cobraremos nada hasta que usted haya percibido su indemnización.

Un saludo,

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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ABOGADO ACCIDENTES GALICIA Bufete Veiguela Lastra & Fernández Freire
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Buenas tardes,

El 30% ese que le han reconocido es lo que se llama recargo de prestaciones. Y consiste en que la pensión que en su día le ha sido reconocida tiene que incrementarse en un 30% con cargo a la empresa en la que usted trabajaba.

Ese 30% sólo se paga si la empresa se lo abona a la Seguridad Social.

Por otro lado, a parte de la incapacidad permanente y el recargo de prestaciones usted tiene derecho a una indemnización por daños y perjuicios, así como a otra indemnización que comúnmente se conoce como póliza de convenio.

De la RC responderán la empresa y la compañía aseguradora con la que tuviere asegurada la RC.

Si quiere ayuda para este caso póngase en contacto con nosotros.

Nuestro despacho se hará cargo de todo y no le cobraremos nada hasta que usted haya percibido su indemnización.

Un saludo,

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Abogado Divorcio Ferrol Luis Insua Meirás
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Buenas tardes. En primer lugar, para poder hacernos cargo de su «asunto», tiene usted que comunicárselo a su Abogado y que él nos de la venia (permiso) para actuar. Después contactaríamos con el Abogado nosotros para que nos facilite los datos del Expediente y, a continuación le informamos a usted de todos los trámites a seguir. Nuestros honorarios serán pactadas con usted cuando sepamos en qué situación está el expediente. Quedamos a su disposición para cualquier duda o aclaración. Un cordial saludo

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Abogado divorcio La Coruña - Jose Ramón Baña Caamaño
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Muy Sra. Mía:

Para poder darle una opinión en un asunto, con tantos matices como el suyo, necesito inexcusablemente ver la documentación del asunto, a fin de estudiarla y poder darle una opinión fundada.

Le ruego se ponga en contacto con el despacho para tratar de buscar la forma de que pueda examinar el expediente judicial.

Att.;

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