¿¿¿¿“”"acciÓn de jactancia””???

Hola, por favor una explicacion sobre esto “”"ACCIÓN DE JACTANCIA”” , regulacion juridica que se remontaa a las Partidas Ley 46, título II, partida tercera
y su subsistencia en nuestro Ordenamiento Jurídico ha sido reconocida por el Tribunal Supremo, en sentencia de 27 de febrero de 1.980 y del 17 de noviembre de 2.011 .
Desearia saber si posible, de que va esto?, A que sirve y para que se uso o se usa esta ley? Se puede acudir actualmente con ella a la justicia? Que son las Partidas Ley 46?
Muchas gracias

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Villar Abogados

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Abogado de Santiago de Compostela especializado en Derecho Civil

Contestado

Buenos días, .Se trata de una pretensión cuyo objeto sería obligar a quien, por actos, palabras o mero silencio, pone en duda la existencia del derecho ajeno, a ejercitar en plazo determinado aquellas acciones de que se crea asistido o, de no hacerlo, mantener perpetuo silencio en cuanto a aquel.. A tenor de la sentencia del tribunal Supremo de lo Civil, de 17 Nov. 2011, rec. 1651/2009 " la acción presenta un matiz obsoleto y arcaico, que no se aviene con las características comunes de las vías procesales de defensa de los derechos imperantes hoy en día. Además, se trata de una acción que puede considerarse prescindible en la medida en que su finalidad puede ser obtenida a través de otras modalidades de acciones declarativas, "

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor